/ viernes 7 de febrero de 2020

Pretende Cipriano dar prueba anticipada

La audiencia de desahogo estaba programada para este jueves

La defensa de Cipriano n.n. buscará presentar prueba anticipada ante el juez de control de los juzgados de oralidad, así lo confirmó el abogado Esteban Cruz.

La audiencia de desahogo de la prueba anticipada contemplada en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) estaba programada para este jueves; sin embrago, fue diferida debido a que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) no logró la notificación de las personas que han sido requeridas como testigos en el acto jurídico que se pretende.

Esteban Cruz, abogado defensor de Cipriano N.N., explicó que la prueba está a valoración del juez de control, y se reservó el derecho de mencionar cual es el objetivo de desahogarla. “Es como poner la iglesia en manos de Lutero”, expresó.

No obstante, señaló que la prueba anticipada es un acto jurídico proco promovido por los abogados postulantes, pero en este caso comentó “es importante desahogarla”.

Si bien descartó que tras su desahogo, su cliente alcance la libertad, sí señaló que “es un elemento básico de la defensa, pero aún hay cosas que desahogar, es un granito, no es determinante”.

Explicó que la prueba anticipada es aquella que por su naturaleza y circunstancias especiales, debe ser desahogada en las etapas previas a juicio oral.

Uno de los requisitos es que sea practicada ante el juez de control o de juicio oral, antes de la celebración de la audiencia de debate en juicio oral; además que cumpla motivos fundados y de extrema necesidad para evitar la pérdida o alteración del medio probatorio.

La defensa de Cipriano n.n. buscará presentar prueba anticipada ante el juez de control de los juzgados de oralidad, así lo confirmó el abogado Esteban Cruz.

La audiencia de desahogo de la prueba anticipada contemplada en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) estaba programada para este jueves; sin embrago, fue diferida debido a que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) no logró la notificación de las personas que han sido requeridas como testigos en el acto jurídico que se pretende.

Esteban Cruz, abogado defensor de Cipriano N.N., explicó que la prueba está a valoración del juez de control, y se reservó el derecho de mencionar cual es el objetivo de desahogarla. “Es como poner la iglesia en manos de Lutero”, expresó.

No obstante, señaló que la prueba anticipada es un acto jurídico proco promovido por los abogados postulantes, pero en este caso comentó “es importante desahogarla”.

Si bien descartó que tras su desahogo, su cliente alcance la libertad, sí señaló que “es un elemento básico de la defensa, pero aún hay cosas que desahogar, es un granito, no es determinante”.

Explicó que la prueba anticipada es aquella que por su naturaleza y circunstancias especiales, debe ser desahogada en las etapas previas a juicio oral.

Uno de los requisitos es que sea practicada ante el juez de control o de juicio oral, antes de la celebración de la audiencia de debate en juicio oral; además que cumpla motivos fundados y de extrema necesidad para evitar la pérdida o alteración del medio probatorio.

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