/ lunes 11 de diciembre de 2017

Alerta sobre riesgos en la Ley de Seguridad Interior

El Instituto Belisario Domínguez destaca la actuación permanente de las Fuerzas Armadas federales en tareas para las que no han sido entrenadas

Ante una eventual votación de la Ley de Seguridad Interior en el Senado de la República, el Instituto Belisario Domínguez, órgano especializado dentro de la misma Cámara Alta, encargado de la elaboración de investigaciones estratégicas y análisis coyunturales  en la agenda legislativa, envió un documento a los senadores para alertar sobre el peligro existente en caso de que esta ley sea aprobada.

El documento del Belisario Domínguez destaca la amenaza de la actuación permanente de las Fuerzas Armadas federales en tareas para las que no han sido entrenadas; acciones de seguridad en medio de las protestas sociales, así como la carente transparencia en las operaciones militares, derivadas de estas acciones, y permitirían la recolección de información de personas, acción que vulnera sus derechos humanos.

El documento también destaca la falta de parámetros que marquen la diferencia entre los conceptos “amenazas” y “riesgos” a la seguridad nacional: “Esta distinción conceptual marca una diferencia toral entre la actuación permanente de las Fuerzas Armadas y el requisito de emisión de una Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, lo que permitiría a las fuerzas federales actuar en contra de una protesta social.

El segundo punto que el análisis destaca dice que “El artículo 8 prohíbe expresamente considerar estas movilizaciones de protesta como ‘amenazas’ pero no hace extensiva esta prohibición a la noción de ‘riesgo’. Esta omisión abre la posibilidad de considerar una movilización de protesta social o político-electoral como un ‘riesgo’ a la seguridad interior, permitiendo así la actuación de las Fuerzas Armadas en su contra”.

El Instituto Belisario Domínguez alerta sobre la poca transparencia mostrada en la minuta del proyecto de ley, y dentro del mecanismo de rendición de cuentas solo se limita a envíos de informes al presidente de la República: “El artículo 9 del proyecto de ley establece que toda la información que se genere en materia de seguridad interior será considerada de Seguridad Nacional, y en consecuencia reservada. Este artículo dice a la letra: “Artículo 9. La información que se genere con motivo de la aplicación de la presente Ley, será considerada de Seguridad Nacional, en los términos de la ley de la materia, y clasificada de conformidad con ésta y las disposiciones aplicables en materia de transparencia y acceso a la información”.

Ante una eventual votación de la Ley de Seguridad Interior en el Senado de la República, el Instituto Belisario Domínguez, órgano especializado dentro de la misma Cámara Alta, encargado de la elaboración de investigaciones estratégicas y análisis coyunturales  en la agenda legislativa, envió un documento a los senadores para alertar sobre el peligro existente en caso de que esta ley sea aprobada.

El documento del Belisario Domínguez destaca la amenaza de la actuación permanente de las Fuerzas Armadas federales en tareas para las que no han sido entrenadas; acciones de seguridad en medio de las protestas sociales, así como la carente transparencia en las operaciones militares, derivadas de estas acciones, y permitirían la recolección de información de personas, acción que vulnera sus derechos humanos.

El documento también destaca la falta de parámetros que marquen la diferencia entre los conceptos “amenazas” y “riesgos” a la seguridad nacional: “Esta distinción conceptual marca una diferencia toral entre la actuación permanente de las Fuerzas Armadas y el requisito de emisión de una Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, lo que permitiría a las fuerzas federales actuar en contra de una protesta social.

El segundo punto que el análisis destaca dice que “El artículo 8 prohíbe expresamente considerar estas movilizaciones de protesta como ‘amenazas’ pero no hace extensiva esta prohibición a la noción de ‘riesgo’. Esta omisión abre la posibilidad de considerar una movilización de protesta social o político-electoral como un ‘riesgo’ a la seguridad interior, permitiendo así la actuación de las Fuerzas Armadas en su contra”.

El Instituto Belisario Domínguez alerta sobre la poca transparencia mostrada en la minuta del proyecto de ley, y dentro del mecanismo de rendición de cuentas solo se limita a envíos de informes al presidente de la República: “El artículo 9 del proyecto de ley establece que toda la información que se genere en materia de seguridad interior será considerada de Seguridad Nacional, y en consecuencia reservada. Este artículo dice a la letra: “Artículo 9. La información que se genere con motivo de la aplicación de la presente Ley, será considerada de Seguridad Nacional, en los términos de la ley de la materia, y clasificada de conformidad con ésta y las disposiciones aplicables en materia de transparencia y acceso a la información”.

Policiaca

Pachuca: Una volcadura más en el bulevar Colosio

Quedó varado sobre su toldo e invadió al menos dos carriles de la transitada vía

Local

Las plagas de lirio y mosco en La Endhó están fuera de control

Vecinos de los pueblos ribereños a la presa acudieron a Palacio Nacional para exigir que el gobierno federal las extermine

Regional

Exige destitución del director de la clínica Hospital ISSSTE de Huejutla 

El personal médico y de enfermería realizaron marcha de apoyo 

Local

Leyendas de Pachuca: “La llorona” del barrio Mágico El Arbolito

Es una de las historias que esconde el emblemático lugar fundado por extrabajadores mineros

Local

Recuerda especialista primeros movimientos de mujeres en Hidalgo 

Dijo que se debe seguir sensibilizando a las nuevas generaciones para no caer en extremos

Local

Concluirán dormitorios de El Mexe este año: Daniel Fragoso

Se invirtieron más de 17 millones de pesos para estos espacios y dos millones de pesos adicionales para equipamiento