El vuelo en globo aerostático es sin duda una experiencia extrema que debe de generar buenos recuerdos, por lo mismo, es importante que conozcan los requisitos que deben de cumplir las empresas y pilotos que ofrecen los servicios.
Cabe señalar que, para prestar este tipo de servicios, los propietarios o poseedores de globo aerostático deben:
• Contar con permiso otorgado por la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC).
• Acatar las especificaciones de operación, según lo previsto en la Norma Oficial Mexicana NOM-008- SCT3-2002.
• Contratar y mantener vigente un seguro que cubra las responsabilidades por los daños a pasajeros o a terceros en la operación de las aeronaves, para los daños a pasajeros.
• El globo sólo puede ser tripulado por el personal técnico aeronáutico titular de la licencia y certificado de capacidad que corresponda.
• Realizar los mantenimientos correspondientes.
Para la expedición de licencia para piloto comercial de aeróstato de vuelo libre los documentos que se requieren son los que a continuación se mencionan:
Escrito libre que contenga: el nombre, denominación o razón social de quién o quiénes promuevan, en su caso de su representante legal. La fecha de constitución, si es persona moral. El nombre completo del solicitante, si es persona física.
Domicilio en territorio nacional para recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas.
La petición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la petición
El órgano administrativo a que se dirigen y lugar y fecha de su emisión
El escrito deberá estar firmado por el interesado o su representante legal, a menos que no sepa o no pueda firmar, caso en el cual, se imprimirá su huella digital
El promovente deberá adjuntar a su escrito los documentos que acrediten su personalidad, así como los que en cada caso sean requeridos en los ordenamientos respectivos
• Acta de nacimiento
• Constancia de aptitud psicofísica
• Documento con el que acredite ser mayor de dieciocho años de edad:
• Certificado de capacidad de radiotelefonista aeronáutico restringido
• Certificado de capacidad de radiotelefonista aeronáutico restringido
• Título y cédula profesional de piloto aviador o constancia de que ésta se encuentra en trámite
• Bitácora de vuelo
Tener registradas y certificadas en su bitácora de vuelo por la autoridad aeronáutica, un mínimo de treinta y cinco horas de instrucción, en las cuales se deberá incluir un mínimo de:
a) Doce vuelos con instructor habilitado con la licencia y certificado de capacidad correspondiente en vigor, y con una duración de sesenta minutos cada uno, de los cuales, cuatro deberán ser de vuelo de travesía, entre puntos que disten no menos de cinco kilómetros, comprendiendo por lo menos dos aterrizajes durante la ruta, y
b) Cuatro vuelos solo, con duración de sesenta minutos cada uno, que comprendan éstos un mínimo de dos aterrizajes, en diferentes puntos de la ruta.
Pagos de derechos correspondientes a la expedición de la licencia y para cada una de las capacidades.
Es importante mencionar que las autoridades iniciaron las investigaciones para deslindar responsabilidades y determinar qué fue lo que provocó el trágico accidente, en el que dos personas fallecieron y una más resultó herida tras siniestrarse el globo aerostático en el que viajaban.