Luego de que los diputados locales aprobaron la reforma al artículo 62 de la constitución política estatal en el que establece la aplicación del principio de paridad de género para el proceso electoral en el que se renovará la gubernatura del estado, la mayoría de los 84 ayuntamientos tienen hasta el 15 de septiembre para aprobarla y sea aplicada en el proceso que comienza el próximo 15 de diciembre.
De acuerdo con el artículo 158 de la Constitución política de la entidad, las reformas constitucionales aprobada en la sesión ordinaria plenaria, como la del pasado 19 de agosto, deben ser aprobadas por la mitad más uno de los 84 ayuntamientos del estado, lo que equivale a 43 cabildos locales, para su promulgación y publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH).
El artículo 100 del Código Electoral del estado de Hidalgo establece que sólo podrán entrar en vigor aquellas modificaciones constitucionales al proceso electoral que se realicen con 90 días antes del inicio del proceso electoral en cuestión, como el inicio de la contienda electoral que arrancará el 15 de diciembre.
Por ello, los ayuntamientos del estado deben aprobar la reforma previamente validada por el Congreso local a fin de que entre en vigor y se establezca la obligatoriedad del principio de paridad de género para el proceso electoral en el que se renovará la gubernatura.
La propuesta fue presentada por el dirigente estatal del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Julio Valera Piedras, misma que fue aprobada por unanimidad en la sesión plenaria del Congreso local del pasado 19 de agosto, aunque sólo podrá entrar en vigor hasta que sea validada por la mayoría de los ayuntamientos.
Sin embargo, no existe información sobre los avances en la aprobación de esta reforma constitucional local y si ya es analizada por los Cabildo para su aprobación y se garantice que entre en vigor en las elecciones de 2022.