En Hidalgo las niñas y mujeres víctimas de violación, tienen protegido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), su derecho a la suspensión legal del embarazo, sin existir de por medio una denuncia ante el Ministerio Público, lo cual también deben acatar los servicios médicos hospitalarios.
Lo anterior porque la SCJN determinó no invalidar la modificación a la Norma Oficial Mexicana 046-SSA2- 2005 sobre Violencia Familiar y Sexual, que facilita el acceso al aborto en casos de violación. La SJCN indicó que la reforma a esta NOM dispone que para acceder a la interrupción del embarazo, basta con que la víctima de violación lo solicite por escrito bajo protesta de decir verdad.
Se precisó que las niñas menores de 12 años lo solicitarán a través de sus padre/madre o tutores, ante clínicas u hospitales, y los médicos y demás personal hospitalario, no están obligados a verificar el dicho de la víctima.
En este caso, en un comunicado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se señala que no es necesario el permiso de una autoridad para hacer valido a las niñas y mujeres víctima de violación, su derecho la interrupción legal del embarazo.