Son 24 los tipos de asuntos graves que deben atender los jueces y magistrados del Poder Judicial de la Federación (PJF) del Circuito Hidalgo, aunque entren en suspensión de labores este 21 de agosto, de acuerdo con la circular 16/2024 del Consejo de la Judicatura Federal (CJF).
Los juzgadores decidieron unirse al paro de labores de los 700 trabajadores de base, por lo que en conjunto dejarán de prestar servicios en cuatro Juzgados de Distrito, tres Colegiados, uno de apelación, tres Tribunales laborales federales, una defensoría, uno de asesores jurídicos, área de Recursos Humanos y el Centro de justicia penal federal que conforman cuatro juezas y operativos administrativos, del XXIX Circuito de Hidalgo del Poder Judicial de la Federación, en el primer minuto de este miércoles, detallaron desde el lunes.
Sin embargo, se especificó en la circular 16/2024 del CJF los casos considerados urgentes que “en aras de preservar el ejercicio del servicio público de impartición de justicia” deberán atender aún en paro de labores.
En los Centros de Justicia Federal “son urgentes las determinaciones referentes a la calificación de detenciones, las vinculaciones a proceso, la implementación y modificación de medidas cautelares relacionadas con la prisión preventiva y las determinaciones sobre extradiciones y las audiencias de juicios que hubieran iniciado antes de la suspensión deberán tramitarse hasta su conclusión”.
En los Centros de justicia y Juzgados de Distrito Especializados en materia de Ejecución: las decisiones que impliquen peligro a la vida o de las personas; gestiones previas a la inminente compurgación de la pena; beneficios preliberacionales ya determinados pendientes de ejecución, y acuerdos urgentes sobre condiciones de internamiento que versen sobre atención médica por parte del tercer escalón sanitario (hospitalización), segregación y tortura.
“En los Juzgados de Distrito se considerarán de tramitación urgente: diligencias para recibir declaraciones preparatorias; actuaciones en el periodo de pre-instrucción; decisiones en materia de ejecución de sanciones que impliquen peligro a la vida o a la integridad de las personas o que versen en la compurgación de penas privativas de libertad o beneficios preliberacionales ya determinados pendientes de ejecución; órdenes de arresto; actos que pongan en riesgo la salud o la integridad de las personas”.
Así como “todos los relacionados con afectaciones al derecho a la salud; los relacionados con las personas migrantes; aquellos en que puedan ponerse en riesgo el suministro de servicios básicos”.
En Tribunales Colegiados de Circuito serán los derivados de los juicios de amparo y dar continuidad a los engroses y trámites de las decisiones en que previamente a la suspensión de actividades se hubiere decidido conceder la protección constitucional.
“En materia civil, las determinaciones sobre medidas cautelares, precautorias o de protección de casos de violencia intrafamiliar y contra las mujeres; sobre pensiones alimenticias corrientes y amparo que afecten el interés superior de menores de edad”.
La lista se completa con otros que competen a Centros o Tribunales existentes en la Ciudad de México.
El paro laboral es por tiempo indefinido.