Se requiere que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de Hacienda (SH) estatal hagan una conciliación de su padrón de registros de contribuyentes que ofrecen estancias en Hidalgo y hacer un "barrido" para detectar a quienes evaden ambos o un solo impuesto como las plataformas digitales de hospedaje, para que el estado no deje de captar el respectivo o haya fuga del mismo, planteó el presidente del Colegio de Contadores Públicos en la entidad, Francisco Julián Boassono Ríos.
En contexto dijo, que históricamente en México durante mucho tiempo personas han realizado actividades de arrendamiento de alguna o varias propiedades (casa, habitación, departamento, espacio parcial de una vivienda o local), a quienes “que no requerían de algún tipo de comprobación o que no pagaban impuestos o no lo podían deducir; se volvió una tradición la informalidad y no pagar impuestos.
A raíz de prácticas mundiales comenzaron a darse estos servicios de la mano con la tecnología mediante plataformas digitales y se beneficiaron (económicamente) “desde el campo de la informalidad”, por eso en México llegan las reformas fiscales y desde el 2020 entró en vigor el régimen de las plataformas electrónicas y están reguladas, “sin embargo no todos la conocen y acatan de manera correcta”.
El ejemplo es Hidalgo con su Ley de Hacienda estatal, considera un servicio de hospedaje sujeto al pago de un impuesto e incluye a las plataformas digitales que ofrecen el servicio y a quienes de manera independiente también lo hacen (que no pertenecen a una cadena hotelera o empresa), “el problema está en que los usuarios no solicitan el comprobante (fiscal) aunque hagan un depósito alguna a una cuenta porque solo le interesa garantizar el espacio y pagar.
“Por eso no se puede cumplir la ley por la opacidad de las personas, al no reconocer que obtienen un ingreso, pero regulación existe a nivel federal y estatal, el desconocimiento es lo que prevalece”, señaló.
También, agregó, hay una evasión al pago de impuestos por “actividad empresarial” al cambiar a ese régimen fiscal el impuesto predial, el agua y la electricidad, entro otros.