De acuerdo al artículo 151 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales Federal, los partidos políticos deberán realizar revisiones a la lista nominal de electores, en caso de encontrar inconsistencias, podrán formularlas del 16 de febrero al 14 de marzo del presente año.
La finalidad es la transparencia en los datos de ciudadanas y ciudadanos que votarán el 5 de junio para la renovación de la gubernatura, informó el consejero del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), Alfredo Alcalá Montaño.
Expuso que de acuerdo a la Ley, los partidos políticos podrán formular observaciones a dichas listas, señalando hechos y casos concretos e individualizados sobre las posibles irregularidades que hayan localizado.
De las observaciones, se harán las modificaciones a que hubiere lugar y se informará al Consejo General y a la Comisión Nacional de Vigilancia del Instituto Nacional Electoral(INE).
Mientras que el 4 de abril es la fecha límite para que el IEEH solicite al INE, por conducto de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, el número de ejemplares de la lista nominal definitiva.
Esto es 62 días antes de la elección. Al corte del 24 de diciembre del 2021, el listado nominal es de 2 millones 198 mil 396 electores hidalguenses.
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En el mismo artículo de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, indica que los partidos políticos pueden impugnar el listado ante el Tribunal Electoral.
Si no se impugna el informe o, en su caso, una vez que el Tribunal Electoral haya resuelto, el Consejo General del Instituto sesionará para declarar que el Padrón Electoral y los listados nominales de electores son válidos y definitivos, considerando los tiempos y formas en que se presenten los recursos.