Tepeji contará con un Instituto para la Diversidad Sexual

Su creación fue aprobada por unanimidad por el ayuntamiento 

Rosalía Maldonado / El Sol de Hidalgo 

  · jueves 14 de noviembre de 2024

El Ayuntamiento aprobó la iniciativa de creación de un área de gobierno que atienda a la comunidad LGBTTTIQ+ | Rosalía Maldonado / El Sol de Hidalgo 

El Ayuntamiento aprobó la creación del Instituto Municipal para la Diversidad Sexual para lo cual se reformará el Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Tepeji del Río de Ocampo.

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El regidor Brian Gerardo Guadarrama Pérez, presidente de la Comisión de Igualdad de Género, presentó la iniciativa durante la Cuarta Sesión Ordinaria de Tepeji del Río, que fue aprobada por unanimidad.

Guadarrama Pérez expuso que las personas de diversas orientaciones sexuales e identidades de género todavía enfrentan intimidación, violencia y exclusión en múltiples ámbitos de la vida cotidiana y Tepeji del Río no es ajeno a los desafíos a ese tipo de situaciones, ante la falta de políticas públicas y espacios seguros.

"Y la iniciativa para la creación del Instituto Municipal para la Diversidad Sexual es fundamental para la protección y promoción de los derechos de inclusión y el respeto de la comunidad LGBTTTIQ+", señaló el regidor.

Brian Guadarrama dijo que esta nueva dependencia tendrá por objetivo promover, proteger y garantizar los derechos de todas las personas, asegurando un entorno donde la diversidad sexual sea valorada y respetada. "Además de establecer un marco de colaboración con organizaciones de la sociedad civil e instituciones educativas y gubernamentales.

Para la creación del Instituto Municipal de la Diversidad Sexual, se explicó, se deberá hacer tres reformas al Bando a los articulos 46, 368 y 369. Al artículo 46 se le adicionará la fracción VIII BIS y el título Décimo Séptimo, donde se hace mención de la nueva area administrativa del gobierno municipal que se identificará como “Instituto Municipal para la Diversidad Sexual de Tepeji del Río".

En el Artículo 368 se establece la creación del Instituto Municipal como un organismo centralizado de la administración municipal; y en el artículo 368 BIS se mencionan sus atribuciones. En tanto que en el artículo 369 se menciona la estructura y atribuciones de quienes estarán a cargo del Instituto.