/ miércoles 18 de noviembre de 2020

Legislarán uso obligatorio de cubrebocas en Hidalgo

Presenta la propuesta el coordinador del PAN, Asael Hernández

Durante el tiempo que persista una emergencia sanitaria declarada previamente por Ia autoridad estatal competente, y que sea provocada por una enfermedad contagiosa de las vías respiratorias, el uso de cubrebocas será obligatorio hasta que la misma autoridad declare oficialmente su conclusión, propuso el diputado Asael Hernández Cerón.

En la sesión ordinaria de este martes, el presidente de la Junta de Gobierno de la LXIV Legislatura de Hidalgo planteó una iniciativa para modificar la Ley de Salud para el Estado de Hidalgo, en materia de establecer la obligatoriedad del uso de cubrebocas, que tiene como con el fin de prevenir que las personas infectadas transmitan la enfermedad a terceros, y brindar protección a las personas sanas en contra de la infección.

Dijo que, "la falta de uso del cubrebocas por personas mayores de cinco hasta dieciocho años, será responsabilidad de los padres de familia o tutores, o de quienes tengan su cuidado a dichos menores".

Y agregó en su propuesta que, “el uso del cubrebocas será obligatorio en vías y espacios públicos o de uso común; en el interior de establecimientos ya sean de comercio, industria o servicios; centros de trabajo de cualquier ramo; centros comerciales, así como para usuarios, conductores y conductores de los servicios de transporte público o privado de pasajeros o de carga, determinación previa y aprobación de los lineamientos seleccionados por parte de la Secretaría ”.

Puntualizó el también coordinador del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN), que, en el caso de no atender las disposiciones anteriores que se establecerían en el artículo 181 BIS, la sanción de multa será de 5 a 10 Unidades de Medida y Actualización, la cual se podrá conmutar por arresto administrativo hasta por 36 horas o por trabajo en favor de la comunidad hasta por 8 horas.

“La iniciativa que pongo a su consideración reforma y adiciona la Ley de Salud para el Estado de Hidalgo, a efecto de que, entre las Medidas de Seguridad Sanitaria se considera específicamente el uso obligatorio de cubrebocas durante el tiempo que permanezca cualquier emergencia sanitaria que requiera su utilización. Asimismo, se propone que las personas en situación de vulnerabilidad recibieron gratuitamente los cubrebocas para hacer efectiva la medida y su obligación ”, finalizó.

Durante el tiempo que persista una emergencia sanitaria declarada previamente por Ia autoridad estatal competente, y que sea provocada por una enfermedad contagiosa de las vías respiratorias, el uso de cubrebocas será obligatorio hasta que la misma autoridad declare oficialmente su conclusión, propuso el diputado Asael Hernández Cerón.

En la sesión ordinaria de este martes, el presidente de la Junta de Gobierno de la LXIV Legislatura de Hidalgo planteó una iniciativa para modificar la Ley de Salud para el Estado de Hidalgo, en materia de establecer la obligatoriedad del uso de cubrebocas, que tiene como con el fin de prevenir que las personas infectadas transmitan la enfermedad a terceros, y brindar protección a las personas sanas en contra de la infección.

Dijo que, "la falta de uso del cubrebocas por personas mayores de cinco hasta dieciocho años, será responsabilidad de los padres de familia o tutores, o de quienes tengan su cuidado a dichos menores".

Y agregó en su propuesta que, “el uso del cubrebocas será obligatorio en vías y espacios públicos o de uso común; en el interior de establecimientos ya sean de comercio, industria o servicios; centros de trabajo de cualquier ramo; centros comerciales, así como para usuarios, conductores y conductores de los servicios de transporte público o privado de pasajeros o de carga, determinación previa y aprobación de los lineamientos seleccionados por parte de la Secretaría ”.

Puntualizó el también coordinador del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN), que, en el caso de no atender las disposiciones anteriores que se establecerían en el artículo 181 BIS, la sanción de multa será de 5 a 10 Unidades de Medida y Actualización, la cual se podrá conmutar por arresto administrativo hasta por 36 horas o por trabajo en favor de la comunidad hasta por 8 horas.

“La iniciativa que pongo a su consideración reforma y adiciona la Ley de Salud para el Estado de Hidalgo, a efecto de que, entre las Medidas de Seguridad Sanitaria se considera específicamente el uso obligatorio de cubrebocas durante el tiempo que permanezca cualquier emergencia sanitaria que requiera su utilización. Asimismo, se propone que las personas en situación de vulnerabilidad recibieron gratuitamente los cubrebocas para hacer efectiva la medida y su obligación ”, finalizó.

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