/ miércoles 13 de mayo de 2020

Empresas y usuarios podrían realizar acuerdos

Los beneficios aplican a deudores que se encontraban al corriente

Las carteras vencidas afectan en este momento a muchas empresas y a usuarios, dado que la situación económica se va agravando; algunas instituciones otorgaron beneficios a deudores que, derivado de la contingencia sanitaria por el Covid-19, no han podido realizar sus pagos por falta de recursos económicos.

En entrevista vía telefónica, María del Pilar Castañeda Sánchez, subdelegada estatal de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), en Hidalgo, dijo que la aplicación de esos apoyos para no pagar por un cierto periodo de tiempo, solo es aplicable a los créditos que no presentaban atrasos.

“Se le llama cartera vencida, cuando un crédito ya presenta varios meses de atraso, en este caso, algunas personas, tal vez no han podido realizar sus pagos de los últimos dos meses, pero si se encontraban al corriente, hasta antes de vernos afectados por la pandemia, son quienes pudieran solicitar con la institución con la que tienen su crédito, que se les reduzca el pago al mínimo sin que existan intereses, o que se les dispense el pago durante algunos meses”.

Añadió que cada entidad determina el tipo de acuerdo que realizará con sus clientes.

“Están otorgando entre cuatro y seis meses para no realizar pago alguno, sin embargo, debe tenerse en claro que no perdonan esos pagos, lo que sucede es que se extiende el tiempo, es decir, si se iba a pagar cierta cantidad por doce meses y le dieron cuatro meses de beneficio, ahora el tiempo se extiende a 16 meses”.

Por otra parte, destacó que, CONDUSEF solo intervendría si la financiera no cumpliera con las condiciones establecidas en el contrato.

“Lo más recomendable es pagar el adeudo, ya que solo cuando la institución haya incurrido en algo no establecido en el contrato, es cuando la intervendríamos, de otra manera están en todo su derecho de solicitar el pago del crédito”.

Recomendó que, a través de internet se informen de cómo y cuáles son las condiciones que otorgan las instituciones bancarias, así como aseguradoras y financieras, y para que no exista duda alguna recomendó visitar la página www.condusef.gob.mx.


EL DATO

Prórrogas de entre cuatro y seis meses

Las carteras vencidas afectan en este momento a muchas empresas y a usuarios, dado que la situación económica se va agravando; algunas instituciones otorgaron beneficios a deudores que, derivado de la contingencia sanitaria por el Covid-19, no han podido realizar sus pagos por falta de recursos económicos.

En entrevista vía telefónica, María del Pilar Castañeda Sánchez, subdelegada estatal de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), en Hidalgo, dijo que la aplicación de esos apoyos para no pagar por un cierto periodo de tiempo, solo es aplicable a los créditos que no presentaban atrasos.

“Se le llama cartera vencida, cuando un crédito ya presenta varios meses de atraso, en este caso, algunas personas, tal vez no han podido realizar sus pagos de los últimos dos meses, pero si se encontraban al corriente, hasta antes de vernos afectados por la pandemia, son quienes pudieran solicitar con la institución con la que tienen su crédito, que se les reduzca el pago al mínimo sin que existan intereses, o que se les dispense el pago durante algunos meses”.

Añadió que cada entidad determina el tipo de acuerdo que realizará con sus clientes.

“Están otorgando entre cuatro y seis meses para no realizar pago alguno, sin embargo, debe tenerse en claro que no perdonan esos pagos, lo que sucede es que se extiende el tiempo, es decir, si se iba a pagar cierta cantidad por doce meses y le dieron cuatro meses de beneficio, ahora el tiempo se extiende a 16 meses”.

Por otra parte, destacó que, CONDUSEF solo intervendría si la financiera no cumpliera con las condiciones establecidas en el contrato.

“Lo más recomendable es pagar el adeudo, ya que solo cuando la institución haya incurrido en algo no establecido en el contrato, es cuando la intervendríamos, de otra manera están en todo su derecho de solicitar el pago del crédito”.

Recomendó que, a través de internet se informen de cómo y cuáles son las condiciones que otorgan las instituciones bancarias, así como aseguradoras y financieras, y para que no exista duda alguna recomendó visitar la página www.condusef.gob.mx.


EL DATO

Prórrogas de entre cuatro y seis meses

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