A medio cupo unidades de transporte público

Hay quienes se han enojado por la medida que tuvieron que tomar, de dejar espacios vacíos en las micros

Concepción Ocádiz

  · lunes 4 de mayo de 2020

Es una medida promovida entre transportistas para disminuir los riesgos de contagio por Covid-19 | ABRAHAM ASCENCIO

Una vez que entró en vigor el acuerdo de uso de cubrebocas, transportistas de la región Tulancingo, manifestaron su preocupación, porque, han tenido que dejar sin servicio a pasajeros, ya que todos los usuarios deben portarlo y hay quien no sabía la medida o no ha podido adquirir este equipo de protección personal, aunado a que la capacidad dentro de la unidad, tuvo que disminuir a un 50 por ciento.

Si bien, antes de que se publicara en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, (POEH), el 28 de abril, ya muchos lo usaban, no era obligatorio, y podían subir incluso a todos los pasajeros, logrando un cupo lleno, comentó Ángel Jardines.

“Ahora, en algunas rutas se nos han comentado que solo debemos cargar el 50 por ciento de nuestra capacidad”, precisó Javier Soto, operador una camioneta tipo Van, en Singuilucan.

“Si subimos a alguien sin cubrebocas o sobrepasamos el cupo nos pueden llevar al corralón”, dijo.

En tanto que Ricardo Romero, quien conduce una micro hacia Cuautepec, refirió que concesionarios les pidieron traer a los que trabajan en el transporte solo a 13 pasajeros en una micro, mientas que en las tipo Van, ocho y en taxi, añadió “tengo entendido que tres usuarios”

Hay quienes se han enojado porque tiene que esperar mucho tiempo en que se junte la cantidad de personas en la unidad y poder viajar, o si es que hay mucha demanda en las horas pico, por ejemplo, entre las 8 y 9 de la mañana y 2 y 3 de la tarde resulta problemático”

Es una medida promovida entre transportistas para disminuir los riesgos de contagio por Covid-19, y ellos como choferes se han adaptado incluso colocando anuncios en sus unidades con el fin de que en las unidades haya más espacio entre los ocupantes.

En el POEH se refiere en el punto séptimo que los operadores de los vehículos del servicio público de transporte de pasajeros, tanto convencional, como masivo, cualquiera que sea su modalidad y tipo de servicio, deberán hacer uso del cubrebocas y promover su adecuada utilización. Así mismo, todos los usuarios de los servicios de transporte público en cualquiera de sus modalidades procurarán el uso del cubrebocas, en todo momento durante su viaje en turno.

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