/ jueves 20 de agosto de 2020

Proponen 60 años de prisión por feminicidio

Se consideran penas mayores por otras circunstancias; con servidores públicos la punibilidad aumentará

Los diputados locales del grupo legislativo del Partido Revolucionario Institucional (PRI) propusieron una reforma al Código Penal de la entidad para ampliar a 60 años de prisión a quien cometa el delito de feminicidio en el estado, así como mil días de multa.

La propuesta fue presentada por los diputados María Luisa Pérez Perusquía, Mayka Ortega Eguiluz, Miriam del Carmen Calendaria García, Julio Valera Piedras y José Luis Espinosa Silva, donde establece que no se concederá la libertad preparatoria a los sentenciados por el delito de feminicidio previsto en el artículo 139 Bis del Código Penal del estado.

De acuerdo con la iniciativa, se aplicará una sanción de 40 a 60 años de prisión y de 500 a mil días de multa a quien por razones de género prive de la vida a una mujer en cualquier circunstancia, ya sea por amenazas directas o indirectas relacionadas con el hecho ilícito, hostigamiento, aprovechamiento sexual, violencia o lesiones del agresor contra la víctima.

En las circunstancias para ser catalogado como feminicidio se contempla: por ocultar violación, existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral, comunitario, político o escolar del sujeto activo en contra de la víctima, el cuerpo de la víctima sea expuesto, arrojado, depositado o exhibido en un lugar público, la víctima haya sido incomunicada previo al delito principal.

También se considera que el sujeto haya obligado a la víctima a realizar alguna actividad o trabajo que haya ejercido alguna explotación, por lo que las penas previstas se incrementarán en una tercera parte si el delito fuere cometido por el suministro de estupefacientes, además de que el agresor perderá todos los derechos con relación a la víctima.

Asimismo, señala que cuando el delito haya sido cometido por algún servidor público la punibilidad aumentará a la mitad, además de que se le privará de su cargo y se le inhabilitará para desempeñar otro por el máximo de la pena privativa de la libertad, aunado a que el servidor público que retarde o entorpezca las investigaciones se le impondrán de tres a ocho años de prisión y de 500 y mil día de multa, así como la destitución e inhabilitación para el desempeño del cargo.

Los diputados locales del grupo legislativo del Partido Revolucionario Institucional (PRI) propusieron una reforma al Código Penal de la entidad para ampliar a 60 años de prisión a quien cometa el delito de feminicidio en el estado, así como mil días de multa.

La propuesta fue presentada por los diputados María Luisa Pérez Perusquía, Mayka Ortega Eguiluz, Miriam del Carmen Calendaria García, Julio Valera Piedras y José Luis Espinosa Silva, donde establece que no se concederá la libertad preparatoria a los sentenciados por el delito de feminicidio previsto en el artículo 139 Bis del Código Penal del estado.

De acuerdo con la iniciativa, se aplicará una sanción de 40 a 60 años de prisión y de 500 a mil días de multa a quien por razones de género prive de la vida a una mujer en cualquier circunstancia, ya sea por amenazas directas o indirectas relacionadas con el hecho ilícito, hostigamiento, aprovechamiento sexual, violencia o lesiones del agresor contra la víctima.

En las circunstancias para ser catalogado como feminicidio se contempla: por ocultar violación, existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral, comunitario, político o escolar del sujeto activo en contra de la víctima, el cuerpo de la víctima sea expuesto, arrojado, depositado o exhibido en un lugar público, la víctima haya sido incomunicada previo al delito principal.

También se considera que el sujeto haya obligado a la víctima a realizar alguna actividad o trabajo que haya ejercido alguna explotación, por lo que las penas previstas se incrementarán en una tercera parte si el delito fuere cometido por el suministro de estupefacientes, además de que el agresor perderá todos los derechos con relación a la víctima.

Asimismo, señala que cuando el delito haya sido cometido por algún servidor público la punibilidad aumentará a la mitad, además de que se le privará de su cargo y se le inhabilitará para desempeñar otro por el máximo de la pena privativa de la libertad, aunado a que el servidor público que retarde o entorpezca las investigaciones se le impondrán de tres a ocho años de prisión y de 500 y mil día de multa, así como la destitución e inhabilitación para el desempeño del cargo.

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