Personas morales deben declarar

Si la omiten, las multas van de los 1,400 a 34,730 pesos; fecha límite el 31 de marzo

Alberto González

  · martes 18 de febrero de 2020

El periodo para las personas morales es de enero al último día de marzo /Alberto González

Para el Sistema de Administración Tributaria (SAT) una persona “moral” representa la unión de dos o más personas por un fin común, sea o no lucrativo; pueden ser empresas, ONG's, negocios, y deberán presentar su declaración anual a más tardar el próximo 31 de marzo.

Como se trata del ejercicio correspondiente al 2019, la novedad con el actual gobierno federal, es que el SAT tiene su propia aplicación disponible desde su página web, la cual una vez que el contribuyente ingresa le desplegará datos precargados que no se pueden alterar o modificar.

Esos corresponden a los pagos provisionales (ingresos, retenciones y pagos efectuados), los comprobantes de nómina de sueldos, salarios y asimilados (importe de la nómina, entero de las retenciones y subsidio para el empleo).

Esa información se pudo corroborar en diciembre, cuando el SAT lanzó un simulador para la declaración anual y ahí aparecían esos datos, con el fin de detectar errores y corregirlos antes de concluir ese año.

Si por alguna razón no la revisaron, al realizar su declaración 2019 podrían encontrarse con información precargada imprecisa, por lo que el contribuyente deberá presentar la declaración o declaraciones complementarias correspondientes con lo cual se harán los cambios.

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