El Registro Público de la Propiedad y Comercio del Estado de Hidalgo garantiza la acreditación de la pertenencia de algún bien inmueble en el territorio estatal, mismo que también transfiere y modifica el mismo, de acuerdo con la Ley del Registro Público de la Propiedad de la entidad.
De acuerdo con la normativa estatal, a través del Registro Público de la Propiedad cualquier persona puede registrar terrenos rústicos, construcciones, resoluciones de apeo y deslinde, inscripciones de bienes inmuebles, regímenes de condominios, inmatriculación, fusión de predios, ratificación de firmas, entre otros.
Para la realización de algún trámite o servicios, se aplican diferentes costos que varían desde los 27 pesos para copias certificadas de documentos o resoluciones que consten de más de cinco fojas, 10 mil 115 pesos para la accesión de construcciones.
De la misma manera, los trámites se pueden efectuar en línea a través del portal notarial, donde se pueden validar los documentos electrónicos por Código QR y los pagos se efectúan pagos en la Oficina Registral de Pachuca en ventanilla de Telecomm.
Cualquier persona que adquirió una propiedad en el territorio estatal deberá efectuar el trámite de acreditación ante el Registro Público de la Propiedad y Comercio de la entidad para que se concrete el conocimiento legal del propietario del bien inmueble y el uso del mismo.
En caso de una venta, también se debe realizar la transferencia ante el organismo y realizar los pagos correspondientes que pueden variar dependiendo del costo total del inmueble que puede ser mayor o mayor tras una valuación del mismo que se lleva a cabo por el Registro Público de la Propiedad.