En el proyecto del Presupuesto de Egresos de la federación 2024, está contemplado Hidalgo en al menos seis rubros de materia hidráulico, universidades interculturales, infraestructura carretera, organismos descentralizados estatales y proyectos de asociación pública-privada.
De acuerdo con las asignaciones del paquete económico para el ejercicio fiscal 2024 publicado en su página oficial de Internet, el cual falta por aprobar la Cámara de Diputados, detalla los montos en esos apartados.
La suma de cada uno resulta un total de 2 mil 569 millones 222 mil 835 pesos.
En proyectos de asociación público-privada, registra en el recuadro de la propuesta destinar 646 millones de pesos.
Mientras que la distribución de recursos por entidad federativa marca 55.9 millones de pesos, en cuanto a los organismos descentralizados estatales registra la cantidad de mil 693 millones 685 mil 89 pesos.
Para la conservación y mantenimiento carretero indica en este apartado el monto de 50 millones de pesos que incluye los proyectos de caminos rurales al igual que vías alimentadoras.
Dentro del anexo para la consolidación de universidades interculturales, a Hidalgo se propone el recurso de 1 millón 147 mil 186 pesos.
En el programa hidráulico que incluye subsidios para acciones en materia de agua propone en agua potable 66 millones 48 mil 7 pesos y para el campo 54 millones 342 mil 553 pesos.
Desde la primera hoja del documento, destaca que “la interpretación del presente Presupuesto de Egresos, para efectos administrativos y exclusivamente en el ámbito de competencia del Ejecutivo Federal, corresponde a la Secretaría y a la Función Pública, en el ámbito de sus atribuciones, conforme a las disposiciones y definiciones que establece la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Para el ejercicio de los recursos aprobados en el presente Presupuesto de Egresos, las Dependencias y Entidades se sujetarán a las políticas y disposiciones rectoras en materia de control presupuestario que determine la Secretaría, de conformidad con las atribuciones conferidas en los artículos 6, primer párrafo, y 45, quinto párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
La información que, en términos del presente Decreto, deba remitirse a la Cámara de Diputados será enviada a la Mesa Directiva de la misma, la cual turnará dicha información a las comisiones competentes, preferentemente en formato electrónico de texto modificable o de base de datos según corresponda, con el nivel de desagregación que establece la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás disposiciones aplicables, y será publicada en las páginas de Internet que correspondan”.