/ sábado 5 de marzo de 2022

Juzga Tribunal con perspectiva de género

El TSJEH condenó al agresor de una mujer a una pena de 14 años de cárcel y una multa

Un caso en el que una mujer que se desempeñaba como elemento de seguridad privada fue violada por quien fuera su jefe inmediato, llegó hasta el pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo (TSJEH) y el alto tribunal consideró que era un asunto que debía ser juzgado con la aplicación del derecho con perspectiva de género.

Se advierte “que la víctima es del sexo femenino, que se encontraba en una situación de vulnerabilidad, ya que, el responsable del delito estaba en una situación de poder sobre ella, no sólo por ser su jefe inmediato, sino por la confianza que la mujer depositó en la persona que estaba llamada a apoyarla ante cualquier tipo de emergencia, incidencia o acto inseguro, ya que se desempeñaban como elementos de seguridad privada”.

La mujer presentó una denuncia ante el Ministerio Público por hechos ocurridos mientras desempeñaban su trabajo como guardias de seguridad. En su declaración, la víctima narró cómo fue que el sujeto abusó de ella.

Tras el acto la amenazó con dejarla sin empleo, si se le ocurría decir algo. “La mujer necesitaba el trabajo ya que era madre soltera y tenía una niña”, narra en su declaración.

En la resolución del alto Tribunal de Hidalgo se menciona que la violencia sexual “es una expresión de abuso de poder que implica la supremacía masculina sobre la mujer, al denigrarla y concebirla como objeto”.

El pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo desechó la apelación interpuesta por el sentenciado y lo condenó a una pena privativa de libertad de catorce años siete meses y quince días y una pena multa de 143 días al ser multiplicados por el salario mínimo vigente en la época, equivalente a ocho mil ciento ocho pesos.

Un caso en el que una mujer que se desempeñaba como elemento de seguridad privada fue violada por quien fuera su jefe inmediato, llegó hasta el pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo (TSJEH) y el alto tribunal consideró que era un asunto que debía ser juzgado con la aplicación del derecho con perspectiva de género.

Se advierte “que la víctima es del sexo femenino, que se encontraba en una situación de vulnerabilidad, ya que, el responsable del delito estaba en una situación de poder sobre ella, no sólo por ser su jefe inmediato, sino por la confianza que la mujer depositó en la persona que estaba llamada a apoyarla ante cualquier tipo de emergencia, incidencia o acto inseguro, ya que se desempeñaban como elementos de seguridad privada”.

La mujer presentó una denuncia ante el Ministerio Público por hechos ocurridos mientras desempeñaban su trabajo como guardias de seguridad. En su declaración, la víctima narró cómo fue que el sujeto abusó de ella.

Tras el acto la amenazó con dejarla sin empleo, si se le ocurría decir algo. “La mujer necesitaba el trabajo ya que era madre soltera y tenía una niña”, narra en su declaración.

En la resolución del alto Tribunal de Hidalgo se menciona que la violencia sexual “es una expresión de abuso de poder que implica la supremacía masculina sobre la mujer, al denigrarla y concebirla como objeto”.

El pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo desechó la apelación interpuesta por el sentenciado y lo condenó a una pena privativa de libertad de catorce años siete meses y quince días y una pena multa de 143 días al ser multiplicados por el salario mínimo vigente en la época, equivalente a ocho mil ciento ocho pesos.

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