El Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) no deberá reimprimir boletas electorales por los candidatos que no aparecen como titulares, así lo determinó la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial, al declarar como inatendible la petición del partido Movimiento Ciudadano.
El magistrado ponente, Alejandro David Avante Juárez, explicó que se recibió una impugnación del partido naranja, con la pretensión de que el nombre de sus candidatos fuera corregido de las boletas electorales que se utilizarán el próximo 18 de octubre, toda vez que el “error había sido del órgano electoral”, al haber cambiado el orden de los candidatos para ajustar las cuestiones de paridad de género.
La problemática derivó de que cuando Movimiento Ciudadano hizo postulaciones ante el instituto electoral, hubo modificaciones por cuestiones de género en cuatro ayuntamientos: Ajacuba, Epazoyucan, Tepeji y Tulancingo. Sin embargo, el magistrado expuso que no hubo tal error u omisión, sino simplemente se trata de un criterio que en su momento tuvo que considerar el organismo electoral,
El asunto resulta inatendible debido a que el proceso de impresión de las boletas electorales ya concluyó, desde el pasado 1 de octubre, y ahora lo que sigue es su distribución a los órganos desconcentrados.