/ domingo 26 de abril de 2020

IEEH debe retirar financiamiento a partidos para fines electorales

Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) consideraron fundada la impugnación que presentó el candidato independiente y ex panista, Prisco Manuel Gutiérrez, en contra del financiamiento a partidos políticos durante la actual contingencia sanitaria para fines electorales, y por ello se debe suspender el mismo hasta que se reanude el proceso electoral.


Los togados señalaron que no existe justificación legal para garantizar ministro a los partidos políticos durante el actual proceso electoral, aunque también consideraron infundadas la responsabilidad del tribunal electoral para determinar el funcionamiento de las oficialías electorales, tras el acuerdo del Instituto Estatal Electoral (IEEH).


De acuerdo con los juzgadores, el TEEH no puede establecer las fechas para determinar los nuevos procesos del calendario electoral, pues compete al IEEH una vez que el Consejo General de Salubridad determine la reanudación del proceso electoral en el estado.


Los magistrados determinaron que no existen elementos que justifiquen que se suministren recursos para fines electorales a los partidos políticos durante el mes de mayo, ya que desde el 1 de abril fue suspendida el proceso electoral por parte del

Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) y posteriormente deberán dar a conocer a los actores políticos las fechas de las etapas que se suspendieron.


Asimismo, los togados desecharon la impugnación interpuesta por el diputado local del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Jorge Mayorga Olvera, en contra del acuerdo de la Junta de Gobierno por la reglamentación de las sesiones virtuales del Poder Legislativo, al considerar que no se trata de un tema de protección de los derechos políticos-electorales, sino de derecho parlamentario.


Diferentes diputados de Morena se opusieron al acuerdo de la Junta de Gobierno que se aprobó en la sesión del 5 de abril en el Congreso local, pues afirmaron que era facultad de la Mesa Directiva efectuar esas medidas y no de los integrantes de ese organismo legislativo.


Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) consideraron fundada la impugnación que presentó el candidato independiente y ex panista, Prisco Manuel Gutiérrez, en contra del financiamiento a partidos políticos durante la actual contingencia sanitaria para fines electorales, y por ello se debe suspender el mismo hasta que se reanude el proceso electoral.


Los togados señalaron que no existe justificación legal para garantizar ministro a los partidos políticos durante el actual proceso electoral, aunque también consideraron infundadas la responsabilidad del tribunal electoral para determinar el funcionamiento de las oficialías electorales, tras el acuerdo del Instituto Estatal Electoral (IEEH).


De acuerdo con los juzgadores, el TEEH no puede establecer las fechas para determinar los nuevos procesos del calendario electoral, pues compete al IEEH una vez que el Consejo General de Salubridad determine la reanudación del proceso electoral en el estado.


Los magistrados determinaron que no existen elementos que justifiquen que se suministren recursos para fines electorales a los partidos políticos durante el mes de mayo, ya que desde el 1 de abril fue suspendida el proceso electoral por parte del

Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) y posteriormente deberán dar a conocer a los actores políticos las fechas de las etapas que se suspendieron.


Asimismo, los togados desecharon la impugnación interpuesta por el diputado local del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Jorge Mayorga Olvera, en contra del acuerdo de la Junta de Gobierno por la reglamentación de las sesiones virtuales del Poder Legislativo, al considerar que no se trata de un tema de protección de los derechos políticos-electorales, sino de derecho parlamentario.


Diferentes diputados de Morena se opusieron al acuerdo de la Junta de Gobierno que se aprobó en la sesión del 5 de abril en el Congreso local, pues afirmaron que era facultad de la Mesa Directiva efectuar esas medidas y no de los integrantes de ese organismo legislativo.


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