/ domingo 13 de febrero de 2022

Establecen reglas en ventas de bienes

La Secretaría de Movilidad y Transporte (Semot) reveló las reglas que se aplicarían para la venta de bienes de la dependencia por medio de licitación pública, así como la transferencia de los mismos. Según el acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH), se establecieron las reglas sobre el registro y baja de bienes muebles propiedad del Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo (STCH), en los que se debe emitir la licitación pública para que participen entre tres y cuatro concursantes.

En cuanto a la transferencias o donaciones en especie que reciba el STCH se deberá cotejar con los documentos correspondientes para hacer constar en el acta administrativa y se corroborará la legalidad del procedimiento que se desarrolla a favor de la institución estatal. Asimismo, se establece que la enajenación de bienes muebles se efectuará por medio de licitación pública, cuando el precio de la venta exceda el equivalente a mil 501 Unidades de Medida y Actualización (UMA), invitación a cuando menos tres personas que se aplica cuando el precio mínimo de la venta de los bienes se encuentre entre las 501 y mil 500 UMAs.

Además, se podrá realizar adjudicación directa, cuando el valor de los bienes sea menor a 500 UMAs cuando al menos no concurran tres participantes y cuando la licitación pública se declare desierta. También la Semot deberá determinar el valor mínimo de cada unidad que se venderá estableciendo el promedio del valor de los vehículos y por el cual se obtendrá el contrato de compra-venta.

La Secretaría de Movilidad y Transporte (Semot) reveló las reglas que se aplicarían para la venta de bienes de la dependencia por medio de licitación pública, así como la transferencia de los mismos. Según el acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH), se establecieron las reglas sobre el registro y baja de bienes muebles propiedad del Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo (STCH), en los que se debe emitir la licitación pública para que participen entre tres y cuatro concursantes.

En cuanto a la transferencias o donaciones en especie que reciba el STCH se deberá cotejar con los documentos correspondientes para hacer constar en el acta administrativa y se corroborará la legalidad del procedimiento que se desarrolla a favor de la institución estatal. Asimismo, se establece que la enajenación de bienes muebles se efectuará por medio de licitación pública, cuando el precio de la venta exceda el equivalente a mil 501 Unidades de Medida y Actualización (UMA), invitación a cuando menos tres personas que se aplica cuando el precio mínimo de la venta de los bienes se encuentre entre las 501 y mil 500 UMAs.

Además, se podrá realizar adjudicación directa, cuando el valor de los bienes sea menor a 500 UMAs cuando al menos no concurran tres participantes y cuando la licitación pública se declare desierta. También la Semot deberá determinar el valor mínimo de cada unidad que se venderá estableciendo el promedio del valor de los vehículos y por el cual se obtendrá el contrato de compra-venta.

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