/ jueves 15 de junio de 2023

Envía el gobernador Julio Menchaca iniciativa sobre Verificación Vehicular

Propone el rediseño en el centro de revisión de unidades, para evitar prácticas monopólicas e impone sanciones más duras

El gobernador Julio Menchaca Salazar envío, este jueves 15 de junio, al Congreso local una iniciativa que reforma la Ley para la Protección del Ambiente en Hidalgo, en materia de Verificación Vehicular, en la que propone ampliar facultades e impone sanciones más duras.

En el documento se plantea el rediseño del concepto de centro de verificación vehicular contemplado en la fracción XII, con la finalidad de que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo (Semarnath) al igual que la persona concesionaria lleven a cabo la medición e inspección de las emisiones contaminantes provenientes de vehículos automotores en circulación, es decir, se amplía a dicha Secretaría la posibilidad de realizar dichas tareas.

Se creará la figura de la concesión administrativa para la operación de centros de verificación vehicular, como acto jurídico- administrativo emitido por el Gobierno del Estado, a través de la Semarnath, por el que se otorga a una persona física o moral del sector privado el derecho para la explotación, uso y aprovechamiento del servicio de verificación vehicular, con la finalidad de medir y certificar de manera oficial las emisiones contaminantes producidas por fuentes móviles.

En el capítulo denominado de la Transición de un Esquema de Autorización al de Concesión Administrativa para la Operación de Centros de Verificación Vehicular, propone ampliar las facultades al Estado, a través de Semarnath para llevar a cabo por sí misma, la medición e inspección de las emisiones contaminantes provenientes de vehículos automotores en circulación.

Así también se evitarán prácticas monopólicas al permitir otorgar hasta un máximo de tres títulos de concesiones administrativas a una persona física o moral del sector privado. Igual, reducir el plazo para expedir el programa obligatorio de verificación vehicular de un año a un semestre, a efecto de permitir una actualización constante.

En el mismo, se plantea otorgar una vigencia determinada a las concesiones, contemplan de un plazo de cinco años con la posibilidad de prorrogarse por cinco más.

Además, establecer sanciones más severas, incorporando las figuras de revocación de la concesión y el rescate administrativo de los bienes muebles e inmuebles afectos al servicio y útiles para su ejecución por causa de utilidad e interés público, por incumplimiento de las disposiciones legales y administrativas.

El efecto será aplicar medidas coercitivas para que las personas concesionarias presten sus servicios, previniendo actos de corrupción, soborno y ofreciendo un servicio de calidad, creando un ecosistema de confianza para las personas usuarias.

Contempla abrir la convocatoria al público en general, dando apertura y posibilidad a la ciudadanía interesada en participar en ella y adquirir una concesión administrativa, mediante procesos transparentes.

Deberá cumplirse con los acuerdos de la Comisión Ambiental de la Megalópolis, en el cual, a partir del año 1993, la verificación vehicular es obligatoria en la Zona Metropolitana del Valle de México que comprende las dieciséis Alcaldías de la Ciudad México y 224 municipios en total, de los Estados de México, Hidalgo, Morelos, Puebla y Tlaxcala.

Contribuir con el cumplimiento de los acuerdos del Plan Estatal de Desarrollo 2022-2028, en particular con el Acuerdo para el Desarrollo Sostenible e Infraestructura Transformadora, como compromiso del Gobierno del Estado con la ciudadanía.

En el capítulo de Transitorios precisa que, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, todas las autorizaciones vigentes que hayan sido otorgadas en favor de personas físicas o morales para llevar a cabo la medición de las emisiones contaminantes provenientes de vehículos automotores, a través de un Centro de Verificación Vehicular en la entidad, quedarán revocadas y sin efecto legal alguno.

Esto deja a salvo su derecho para participar en la convocatoria que al efecto emita la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo de conformidad con la Ley vigente.

Sin embargo, por causas de utilidad e interés público y al fin de garantizar el derecho a un medio ambiente sano, las autorizaciones antes referidas que se encuentren vigentes a la entrada en vigor del presente decreto, podrán brindar el servicio de verificación vehicular por un periodo de treinta días hábiles contados a partir de la entrada en vigor, para lo cual deberán presentar solicitud por escrito ante la Secretaría.

A nueve meses de su gobierno, esta es la quinta iniciativa que presenta. Las primeras dos las fueron el 16 de noviembre de 2022, la primera fue de la creación de la Ley para la Administración y Destino de Bienes Asegurados, base que conforma el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado y la segunda, el empate de elecciones y que el encargo de los alcaldes se reduzca a tres años con la posibilidad de reelección.

El 23 de marzo del 2023, también fueron dos. Iniciativa de Ley que reforma el artículo tercero de la Constitución Política del Estado de Hidalgo y la Ley Orgánica de la Administración Pública.

El gobernador Julio Menchaca Salazar envío, este jueves 15 de junio, al Congreso local una iniciativa que reforma la Ley para la Protección del Ambiente en Hidalgo, en materia de Verificación Vehicular, en la que propone ampliar facultades e impone sanciones más duras.

En el documento se plantea el rediseño del concepto de centro de verificación vehicular contemplado en la fracción XII, con la finalidad de que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo (Semarnath) al igual que la persona concesionaria lleven a cabo la medición e inspección de las emisiones contaminantes provenientes de vehículos automotores en circulación, es decir, se amplía a dicha Secretaría la posibilidad de realizar dichas tareas.

Se creará la figura de la concesión administrativa para la operación de centros de verificación vehicular, como acto jurídico- administrativo emitido por el Gobierno del Estado, a través de la Semarnath, por el que se otorga a una persona física o moral del sector privado el derecho para la explotación, uso y aprovechamiento del servicio de verificación vehicular, con la finalidad de medir y certificar de manera oficial las emisiones contaminantes producidas por fuentes móviles.

En el capítulo denominado de la Transición de un Esquema de Autorización al de Concesión Administrativa para la Operación de Centros de Verificación Vehicular, propone ampliar las facultades al Estado, a través de Semarnath para llevar a cabo por sí misma, la medición e inspección de las emisiones contaminantes provenientes de vehículos automotores en circulación.

Así también se evitarán prácticas monopólicas al permitir otorgar hasta un máximo de tres títulos de concesiones administrativas a una persona física o moral del sector privado. Igual, reducir el plazo para expedir el programa obligatorio de verificación vehicular de un año a un semestre, a efecto de permitir una actualización constante.

En el mismo, se plantea otorgar una vigencia determinada a las concesiones, contemplan de un plazo de cinco años con la posibilidad de prorrogarse por cinco más.

Además, establecer sanciones más severas, incorporando las figuras de revocación de la concesión y el rescate administrativo de los bienes muebles e inmuebles afectos al servicio y útiles para su ejecución por causa de utilidad e interés público, por incumplimiento de las disposiciones legales y administrativas.

El efecto será aplicar medidas coercitivas para que las personas concesionarias presten sus servicios, previniendo actos de corrupción, soborno y ofreciendo un servicio de calidad, creando un ecosistema de confianza para las personas usuarias.

Contempla abrir la convocatoria al público en general, dando apertura y posibilidad a la ciudadanía interesada en participar en ella y adquirir una concesión administrativa, mediante procesos transparentes.

Deberá cumplirse con los acuerdos de la Comisión Ambiental de la Megalópolis, en el cual, a partir del año 1993, la verificación vehicular es obligatoria en la Zona Metropolitana del Valle de México que comprende las dieciséis Alcaldías de la Ciudad México y 224 municipios en total, de los Estados de México, Hidalgo, Morelos, Puebla y Tlaxcala.

Contribuir con el cumplimiento de los acuerdos del Plan Estatal de Desarrollo 2022-2028, en particular con el Acuerdo para el Desarrollo Sostenible e Infraestructura Transformadora, como compromiso del Gobierno del Estado con la ciudadanía.

En el capítulo de Transitorios precisa que, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, todas las autorizaciones vigentes que hayan sido otorgadas en favor de personas físicas o morales para llevar a cabo la medición de las emisiones contaminantes provenientes de vehículos automotores, a través de un Centro de Verificación Vehicular en la entidad, quedarán revocadas y sin efecto legal alguno.

Esto deja a salvo su derecho para participar en la convocatoria que al efecto emita la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo de conformidad con la Ley vigente.

Sin embargo, por causas de utilidad e interés público y al fin de garantizar el derecho a un medio ambiente sano, las autorizaciones antes referidas que se encuentren vigentes a la entrada en vigor del presente decreto, podrán brindar el servicio de verificación vehicular por un periodo de treinta días hábiles contados a partir de la entrada en vigor, para lo cual deberán presentar solicitud por escrito ante la Secretaría.

A nueve meses de su gobierno, esta es la quinta iniciativa que presenta. Las primeras dos las fueron el 16 de noviembre de 2022, la primera fue de la creación de la Ley para la Administración y Destino de Bienes Asegurados, base que conforma el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado y la segunda, el empate de elecciones y que el encargo de los alcaldes se reduzca a tres años con la posibilidad de reelección.

El 23 de marzo del 2023, también fueron dos. Iniciativa de Ley que reforma el artículo tercero de la Constitución Política del Estado de Hidalgo y la Ley Orgánica de la Administración Pública.

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