Por calificar a su compañera de curul como “plañidera”, el diputado local del distrito 1 fue amonestado por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), ya que de acuerdo con la magistrada y magistrados, se configuró violencia política en razón de género.
Al respecto, el magistrado ponente, Manuel Alberto Cruz Martínez explicó que todo habría quedado en el debate legislativo, si el diputado no hubiera emitido ese calificativo hacia su compañera, Roxana Montealegre Salvador, ya que de acuerdo con la Real Academia de la Lengua Española (RAE) es una expresión ligada a las mujeres a las que se les pagaba para llorar en los entierros, por ende, a una cuestión de estereotipo.
El magistrado recordó que durante una sesión del pleno legislativo se dio un debate entre ambos legisladores, en el que el diputado expresó: "Lamento decirle diputada, que la ciudadanía no nos eligió para venir a llorar, sino para trabajar, porque, sí así como se pone a llorar a la menor provocación se pusiera a legislar, la despenalización del aborto ya estaría aprobada desde hace mucho tiempo, siendo este un acto de justicia social para miles de niñas y mujeres hidalguenses, pero allí no termina el comportamiento inaudito de nuestra compañera por desgracia desde esa escena que nos regaló como plañidera se ha dedicado a obstaculizar la iniciativa".
El magistrado explicó que la reforma constitucional de abril, sobre violencia política de género sanciona toda conducta que menoscabe el desempeño de una mujer y calificó como “inaceptable” que dentro del debate político se sigan utilizando estereotipos contra las mujeres.
Al apoyar la resolución, el magistrado Leodegario Hernández Cortez expresó que el criterio que los integrantes del TEEH utilizaron se basa en lo que ha determinado la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Cabe señalar que se omite el nombre del diputado de Zimapán, debido a que solicitó que sus datos personales fueran resguardados.