El Tribunal Electoral de la Federación echó abajo la prohibición de que las estaciones de radio y televisión en Hidalgo y Coahuila transmitan de manera íntegra la conferencia mañanera durante el periodo electoral en ambas entidades. Además, ordenó al Instituto Nacional Electoral modificar el acuerdo que prohibía estas transmisiones.
Por mayoría de votos, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral aprobaron un proyecto de sentencia que establece que el INE carece de facultades para prohibir a las estaciones de radio y televisión de estas entidades la transmisión de la conferencia matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Originalmente, el Consejo General del INE aprobó en 2017 lineamientos para esta prohibición de propaganda gubernamental durante los periodos de campaña, pero nunca se especifica que se refería explícitamente a estas conferencias de prensa.
El Consejo General del INE aprobó el pasado 26 de agosto un acuerdo en el que dio respuesta a las consultas relacionadas con propaganda gubernamental para los procesos electorales, en el que incluyó el numeral décimo primero: “Los concesionarios de radio y televisión deberán abstenerse de difundir, de manera ininterrumpida, las conferencias de prensa matutinas en las señales de origen de Hidalgo y Coahuila o en las vecinas o aledañas que tengan cobertura en éstas (sic.) entidades”.
El 28 de agosto, Morena interpuso un recurso de apelación. Hoy, la Sala Superior consideró que atendiendo a que, de conformidad con la propia reglamentación del Instituto, la materia del acuerdo debió constreñirse a la calificación de las solicitudes que recibió por cuanto a la difusión de programas específicos de gobierno.
Ayer, el presidente adelantó que impugnaría la suspensión de su conferencia en Hidalgo y Coahuila, al asegurar que no se trata de propaganda, sino de un ejercicio de transparencia.