El Ayuntamiento de Tepeapulco habría reintegrado a la empresa ASF-K de México parte del monto que pagó por el servicio renovación de placa de funcionamiento de establecimientos comerciales e industriales, al calificar un el Poder Judicial de la Federación (PJF) como inconstitucional esa tarifa en cuanto al cobro extra de dos pesos por metro cuadrados (m2) excedente al límite fijado de superficie.
Según el expediente 865/2023 del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, cuya versión pública se encuentra en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE), la compañía presentó el pasado 25 de mayo una demanda de amparo contra la “iniciativa, discusión, aprobación refrendo y publicación de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Hidalgo concretamente en el artículo 103 a 109”.
El cobro de dos pesos por metro cuadrado excedente, a decir de la empresa, es inconstitucional por no tener relación con el costo del servicio que se presta, “pues no se debía tomar en cuenta ni el giro y mucho menos la superficie y/o dimensión del establecimiento del cual se solicitó la renovación de la liencia de funcionamiento 2023; ya que debía guardar relación con el costo administrativo que le genera al municipio realizar tal servicio de renovación”.
Asimismo, la demandante explicó que los derechos deben cumplir con los principios de proporcionalidad y equidad tributaria y en ellos “se debe fijar un valor o cuota única para la prestación de determinado servicio prestado por el Estado y no en términos de la capacidad contributiva del solicitante del servicio, ya que esto sólo sería aplicable si fuera un impuesto”.
Además, alega que el despliegue técnico o la actividad que debe invertir la autoridad al prestar el servicio, que es la entrega de la renovación de una licencia de funcionamiento, no implica mayores costos humanos ni materiales para que los municipios entreguen ese documento, con lo que se vulnera los principios tributarios de proporcionalidad y equidad.
El artículo 18 de la Ley de Ingresos del Municipio establece el costo de los derechos por servicio de expedición y renovación de placa de funcionamiento de establecimientos a comerciales e industriales, según lo disponen los artículos 103 y 109 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Hidalgo, que van de los 10 mil a los 569 mil pesos por apertura, y de 3 mil a los 284 mil por renovación
Asimismo, fija cuatro extensiones límites a comercios e industrias después de las cuales se cobra el excedente por metro cuadrado: de 1 a 750 m2; de 751 a 1,200 m2; de 1,201 a 1,900 m2 y de 1,901 a 2,500 m2. Por citar un ejemplo que no se encuentra en el expediente, si una industria fundidora tuviera una superficie de 339 mil 390 metros cuadrados, además de costear 176 mil 40.40 pesos por la renovación de su licencia, haría un pago extra de 674 mil 860 pesos por los 337 mil 430 m2 de excedente al límite de los 2,500 m2.
Inconstitucional imponer cobro por metro cuadrado excedente
Tras el análisis, Álvaro Licona Martínez, secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en Hidalgo, como encargado del despacho por vacaciones del titular, resolvió dar la protección federal a la empresa considerando inconstitucional aplicar una tarifa por el excedente de metro cuadrado, pues provoca que por una misma función del Estado existan cuotas distintas, “distorsionándose la naturaleza misma de los derechos por servicios, en los que éstas deben ser fijas e iguales para quienes reciban servicios análogos”.
En el Séptimo considerando de la sentencia se establece que el amparo es para efectos de que no se le cobre a ASF-K de México por el excedente de cada metro cuadrado superior a los dos mil 500 metros que prevé el numeral 18 de la Ley de Ingresos de Tepeapulco, así como para que el tesorero municipal “devuelva a la parte quejosa” el cobro extra que representa ese excedente de metros cuadrados.
Aunque el amparo se otorgó el 31 de agosto del 2023, es en el acuerdo fechado el 22 de diciembre y publicado el lunes 25 del mismo mes, donde se precisa que la presidenta municipal de Tepeapulco, Marisol Ortega López, envió un escrito por ella firmado, donde “realiza diversas manifestaciones respecto al cumplimiento de la ejecutoria de treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés, ya su vez manifiesta requirió a la autoridad vinculada Tesorero Municipal de Tepeapulco, Hidalgo, dar cumplimiento a la ejecutoria dictada en el presente juicio”.
ASF-K de México es una fundidora de capital norteamericano asentada en Ciudad Sahagún, Hidalgo desde el 31 de enero de 2006, y según informó en 2016 la Sección 300 del Sindicato Nacional de Mineros en su órgano de difusión Los Mineros, transformaba un promedio de 7 mil toneladas de acero mensuales que son comercializadas en los cinco continentes del planeta y contaba con una plantilla laboral de mil 500 metalúrgicos, todos afiliados a esa central.