Aprueban que el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado sea depositario de bienes, activos y empresas aseguradas, en razón del ejercicio de extinción de dominio, mismos que deberá transferir en un plazo no mayor a 30 días naturales después de obtener autorización para realizar la operación y, luego de concluir dicho plazo legal dispondrá de 540 días para enajenarlos.
Ayer, el marco jurídico para devolver al pueblo los bienes y recursos robados por diferentes acciones ilegales fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH). Conforme a dicha legislación la nueva institución deberá entregar informe semestral sobre el estado de los bienes, activos y empresas asegurados que estén bajo su resguardo.
Sin embargo, las personas depositarias de los bienes deberán informar mensualmente sobre el estado que guardan al titular de la dirección del instituto de nueva creación en Hidalgo. Mientras que en el caso de las armas de fuego y explosivos serán administradas por la Secretaría de Defensa Nacional (Sedena).
En cuanto a los procedimientos para enajenación de los bienes bajo el resguardo de la institución, se deberán dar en orden de prelación: licitación pública, subasta, remate, adjudicación directa, procedimiento de asignación, donación o sorteo.
Por otra parte, el valor de los bienes, activos o empresas sobre los que tendrá facultad de decisión en el instituto deberán tener un valor mayor al equivalente a seis meses de Unidades de Medida y Actualización, es decir, superior al de 17 mil pesos, conforme a la actualización de la medida este 2022.
Los bienes que no serán administrados y resguardados por el instituto son los billetes y monedas de curso legal, las divisas, los metales preciosos, los bienes numismáticos que son una colección de piezas destinadas al intercambio económicos y de medallas, así como los que posean un valor artístico o histórico.
Además, la legislación estipula que los bienes deberán ser destinados en favor de la administración pública estatal, la Fiscalía General de Justicia del Estado de Hidalgo, el gobierno federal y los municipios, "según lo determine el Gabinete Social del Estado de Hidalgo para que se destinen al servicio público, los utilicen en programas sociales u otras políticas públicas prioritarias".