La nueva figura para inscribir propiedades ante el Registro Público de la Propiedad, sin necesidad de agotar un juicio por la vía civil, ya cuenta con el reglamento para que las personas que pretendan acceder a ella puedan hacerlo.
De acuerdo con el diputado Roberto Rico, en el reglamento se establece el procedimiento que seguirán las personas que por alguna razón no tienen la certeza jurídica de propiedades inmuebles.
Dijo que “la inmatriculación por resolución administrativa es la inscripción de una propiedad o posesión inmobiliaria en el Registro Público de la Propiedad, que no tiene antecedentes registrales”.
Y agregó que la publicación del reglamento en el periódico oficial fue producto de dicha iniciativa, de la cual fue el impulsor y con la que personas podrán tener certeza jurídica de sus bienes.
Con base en el reglamento publicado recientemente en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH), “la inmatriculación administrativa se realizará por resolución del Registrador Público de la Propiedad del Distrito Judicial al que pertenezca el inmueble motivo del procedimiento (…), su práctica, se verificará sin cobro de derechos, a más tardar al tercer día del ingreso del documento que la produce, en la Oficina Registral Distrital que corresponda”.
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Toda persona que tenga interés en inmatricular un inmueble deberá acompañar a su solicitud respectiva, el certificado de no inscripción y en caso contrario, deberá acreditar la propiedad del inmueble.