Cuando una bandera se encuentra en mal estado y debe sustituirse, entonces es momento de aplicar la Ley del Escudo, la Bandera y el Himno Nacional, en su artículo 54 (bis).
En este párrafo señala que el reemplazo de una réplica de la Bandera Nacional es únicamente mediante la incineración en un acto respetuoso, solemne, acorde al protocolo que marca la Ley.
Durante la ceremonia, la bandera será ondeada tres veces de derecha a izquierda como un acto de despedida.
Además, ahí deberá darse lectura del historial de esta bandera, donde explicarán la trayectoria que ha tenido, y el escrito acompañará la acompañará hasta las llamas del pebetero para su quema.
El mensaje que debe emitirse es: “Las cenizas de esta bandera deberán ser resguardadas o enterradas como un simbolismo de regreso a las entrañas de la Patria. La Bandera Nacional es un objeto sagrado, que incinerado y transformado en polvo vuelve a sus orígenes”.
También, debe pronunciarse que “el emblema nacional al ondear libre nos recuerda lo más hermoso de nuestra patria, superior, excelsa, que nos unifica y obliga por igual y a la cual todos nos debemos. Al unísono decimos adiós a las cenizas que regresan a la tierra, quien con amor las toma en su regazo. Así piensa el pueblo de México de sus símbolos patrios”.
Vale mencionar que si una persona quema la bandera de México en cualquier lugar, lejos de los lineamientos oficiales, entonces comete el delito denominado Ultraje a las Insignias Nacionales.