Ciudadanos ya podrán votar por regidores

Incluso candidatos a alcaldes que pierdan podrán ser munícipes

VERÓNICA ANGELES

  · martes 10 de septiembre de 2019

Las reformas fueron aprobadas la madrugada del miércoles 31 de agosto /ESPECIAL

A seis días de que venza el plazo para hacer efectivas las reformas en materia electoral, este lunes se publicaron las modificaciones aprobadas en el Congreso Local al Código Electoral, lo que significa que son válidas para el próximo proceso de ayuntamientos.

Entre las nuevas reglas que estarán vigentes en el proceso electoral de ayuntamientos que inicia en diciembre, destacan: la asignación de regidurías de representación proporcional comenzará con el primer nombre de la planilla, siendo el del candidato a presidente municipal, seguido por el de síndico y al final los aspirantes a regidores.

“Si faltara algún propietario, será llamado su respectivo suplente, y en ausencia de ambos será llamado el siguiente en el orden de la planilla registrada, respetando la paridad de género”.

Lo anterior significa que los candidatos a presidentes municipales que pierdan la elección, pero que obtengan mínimo tres por ciento de votos, podrán ocupar una regiduría.

Asimismo, el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) deberá entregar a los partidos políticos lo relativo a la rentabilidad, competitividad y paridad de género, es decir, ahora será el organismo electoral el que defina qué sexo debe ir en cada ayuntamiento, con base en un análisis previo de competitividad que realice.

Entre otros temas, abordó la reforma electoral y que ahora son vigentes derivado de su publicación en el Periódico Oficial del Estado: Notificaciones electrónicas, Regulación del ejercicio del cargo en materia electoral, Violencia política contra las mujeres en razón de género, Rentabilidad, competitividad y paridad de género, Participación ciudadana.

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