/ viernes 4 de diciembre de 2020

Buscan proteger derechos en viudez

El Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN) en el Congreso del Estado de Hidalgo, promovió una iniciativa para modificar el Código Civil para el Estado de Hidalgo, en sus artículos 1605 y en el artículo 2329, en materia de derechos que poseen las y los cónyuges al momento de fallecer sus parejas.

La representante de la bancada, Claudia Lilia Luna Islas, explicó que se busca adicionar que en caso de existir un solo bien inmueble, producto de la herencia, el cónyuge que sobrevive tendrá el derecho al usufructo vitalicio, siendo éste un derecho real que será intransferible.

Asimismo, que se establezca que sin menoscabo de lo dispuesto en el párrafo precedente, cuando el o los donantes sean personas de 60 años o más, el notario que expida el instrumento público de donación deberá incluir de forma oficiosa la cláusula de usufructo vitalicio sobre los bienes otorgados a los donatarios.

“En el Partido Acción Nacional ratificamos nuestro deber con los adultos mayores, siendo proactivos para el amparo y salvaguarda de sus derechos, porque ellos son la memoria y la guía de las nuevas generaciones, a ellos se les tiene que aprender, respetar y querer, porque ellos son el pasado y presente de nuestra nación, ellos construyeron la actualidad que tenemos, serán parte fundamental de nuestro país”, sostuvo.

El Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN) en el Congreso del Estado de Hidalgo, promovió una iniciativa para modificar el Código Civil para el Estado de Hidalgo, en sus artículos 1605 y en el artículo 2329, en materia de derechos que poseen las y los cónyuges al momento de fallecer sus parejas.

La representante de la bancada, Claudia Lilia Luna Islas, explicó que se busca adicionar que en caso de existir un solo bien inmueble, producto de la herencia, el cónyuge que sobrevive tendrá el derecho al usufructo vitalicio, siendo éste un derecho real que será intransferible.

Asimismo, que se establezca que sin menoscabo de lo dispuesto en el párrafo precedente, cuando el o los donantes sean personas de 60 años o más, el notario que expida el instrumento público de donación deberá incluir de forma oficiosa la cláusula de usufructo vitalicio sobre los bienes otorgados a los donatarios.

“En el Partido Acción Nacional ratificamos nuestro deber con los adultos mayores, siendo proactivos para el amparo y salvaguarda de sus derechos, porque ellos son la memoria y la guía de las nuevas generaciones, a ellos se les tiene que aprender, respetar y querer, porque ellos son el pasado y presente de nuestra nación, ellos construyeron la actualidad que tenemos, serán parte fundamental de nuestro país”, sostuvo.

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