A más de un mes de haberse aprobado la reforma electoral que establece la reelección de alcaldes y la concurrencia de las elecciones para la gubernatura en 2030, el presidente de la diputación permanente del Congreso local, Jesús Osiris Leines Medécigo, informó que sólo 10 Cabildos han avalado esta modificación constitucional.
El también coordinador del grupo legislativo del Partido del Trabajo (PT) dijo que compete a las asambleas municipales su aprobación para que la reforma electoral sea aprobada y se publique en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) para que se pueda validar a partir de los comicios de 2024.
De acuerdo con el representante del distrito de Villas del Álamo, se requieren la mitad más uno de los 84 Cabildos del estado para que se valide la modificación constitucional que fue avalada por el Congreso local, por lo que espera que la mayoría de los municipios se sumen a esta modificación.
Añadió que en el caso de la revocación de mandato del gobernador fue aprobada por la mitad más uno de los ayuntamientos de la entidad, misma que en breve será publicada en el POEH, por lo que espera que se replique esta tendencia en la modificación constitucional que fue enviada por el gobernador del estado, Julio Menchaca Salazar.
El pasado 22 de diciembre los diputados locales aprobaron con 20 votos a favor la reforma electoral en materia constitucional que reduce los periodos de gobierno de los alcaldes de cuatro a tres años con opción de reelección, así como una gubernatura de dos años para que las elecciones de 2030 sean concurrentes y se elija tanto a titular del Ejecutivo del estado como el Congreso local y los 84 ayuntamientos de la entidad.
No obstante, el coordinador del grupo legislativo del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Julio Valera Piedras, presentó una reserva a la misma contra la gubernatura de dos años de 2028 a 2030, misma que fue descartada por la mayoría de las agrupaciones que conforman la coalición “Juntos haremos historia”.
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Según la Constitución política de la entidad, cualquier modificación que se realice en el documento deberá ser avalada por la mayoría calificada del Congreso local y posteriormente por al menos 43 municipios de la entidad para que entre en vigor, aunado a que cualquier modificación electoral debe ser validada hasta 90 días antes del inicio del siguiente periodo electoral, es decir, el 15 de septiembre.