La pensión alimenticia no es un derecho exclusivo de las mujeres, y los jueces tampoco lo otorgan solo a las madres de familia, sino un alto porcentaje de hombres han solicitado que sus exmujeres les entreguen dicha prestación para el cuidado de los hijos e hijas. De acuerdo con información del Poder Judicial, el porcentaje de varones que recibe pensión por parte de sus parejas va en aumento, de tal forma que en 2021, sumaban 206 sentencias emitidas y de enero a mayo ya van 201.
Pachuca es el distrito Judicial que mayor número de resoluciones en contra de mujeres tiene para el pago de pensiones alimenticias, seguido de Tulancingo y posteriormente Ixmiquilpan.
En lo que hace a Pachuca, en este 2022, representa casi el 40 por ciento del total de resoluciones emitidas (79), mientras que Tulancingo (44) equivale al 21 por ciento, e Ixmiquilpan el 10 por ciento (20).
En 2021, todos los juzgados familiares de los distritos judiciales emitieron sentencias en contra de mujeres para que pagaran la pensión alimenticia, Zacualtipán, Huichapan y Tenango son los que menos sentencias tienen.
En la legislación local, se señala que la pensión alimenticia es una prestación económica de carácter familiar exigible por el titular del derecho ante autoridad jurisdiccional (juez), que será el encargado de fijar el monto a pagar por aquel obligado según el caso.
Las mujeres están obligadas a pagar alimentos cuando se sitúen en alguna de las hipótesis que contienen los numerales del Titulo Cuarto de la Ley Para la Familia del Estado de Hidalgo, es decir: Con relación a las personas con algún tipo de discapacidad declarados en estado de interdicción de los que sea tutora, y cuando la obligación de dar alimentos derive de matrimonio, concubinato parentesco por consanguinidad, adopción.
Entre los años 2021 y 2022, el número de mujeres en Hidalgo que pagan pensión alimenticia derivado de un procedimiento de orden familiar es de 407 mujeres que aportan para el gasto de sus hijos o familiar.
La pensión alimenticia comprende los rubros de alimentos, ropa, calzado, medicinas, esparcimiento, educación y útiles escolares, de acuerdo con la Ley de la Familia del Estado de Hidalgo.
¿Cómo se calcula la pensión alimenticia? Cuando existe la posibilidad de comprobar una fuente de ingreso fija y formal del demandado, el monto que se establece es un porcentaje que se retiene vía nómina o vía depósito al Poder Judicial.
De las resoluciones que emite el juzgador, en promedio, se establece un 15 por ciento del sueldo que se retiene por cada deudor alimentario en el caso de los hijos, y un 10 por ciento en el caso del cónyuge solicitante.
Cuando no es posible comprobar los ingresos del demandado el monto a pagar se fija en base al salario mínimo vigente, es así que lo mínimo que puede recibir una mujer u hombre con un hijo es la cantidad de cinco mil 186 pesos, considerando que el salario mínimo es de 172.87 pesos.
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En caso de que las mujeres que han sido sentenciadas al pago de pensión alimenticia no cumplan con su obligación se convertirán en deudoras alimentarias, y al igual que los hombres serían incluidas en el Registro de Deudoras y Deudores Alimentarios Morosos del Estado de Hidalgo, el cual entró en vigor desde hace unos meses en la entidad.