/ jueves 5 de agosto de 2021

Atención constructores, hay nuevas multas si afectan la vialidad

La sanción va desde 89.62 pesos hasta 134 mil 430 pesos por evadir el estudio de impacto

Desde 89.62 pesos hasta 134 mil 430 pesos podría ser la multa que se imponga a las personas físicas o empresas que lleven a cabo obras o actividades que requieran someterse al procedimiento de evaluación de Impacto en la Movilidad que no hayan sido manifestadas ante la Secretaría de Movilidad y Transporte (SEMOT).

Lo anterior fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) en donde se establece una actualización del Reglamento a la Ley de Movilidad y Transporte, y señala que a la personas física o moral que no entere a la SEMOT de una obra que pueda generar afectación a la vialidad deberá pagar multa que va de una a mil 500 unidades de medida de actualización (UMA).

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Además de la multa, la actualización del Reglamento también establece que se puede proceder a la suspensión de la obra o proyecto; así como a la clausura parcial o total de la obra o proyecto.

El objetivo es tener una evaluación y dictamen previo a la ejecución de obra, sobre las posibles influencias o alteraciones generadas por la realización de obras y actividades privadas dentro del territorio del Estado de Hidalgo.

En el Reglamento, también se establece que la autoridad podrá́ sujetar la realización de una obra o actividad a la modificación del proyecto o al establecimiento de medidas adicionales de prevención y mitigación que tengan por objeto evitar, atenuar o compensar los impactos adversos en la movilidad, producidos en la construcción, operación normal, etapa de abandono, término de vida útil del proyecto.

Asimismo, se prevé la creación de la Unidad Administrativa de Inspectores de Impacto en la Movilidad, a través de la cual ejercerán directa y permanentemente la vigilancia de las posibles influencias o alteraciones generadas por la realización de obras y actividades privadas dentro del territorio del Estado de Hidalgo.

Los supervisores tendrán facultades y atribuciones que les permitan las funciones específicas de inspección, vigilancia y las sanciones determinadas relativas al Estudio de Impacto en la Movilidad.

Desde 89.62 pesos hasta 134 mil 430 pesos podría ser la multa que se imponga a las personas físicas o empresas que lleven a cabo obras o actividades que requieran someterse al procedimiento de evaluación de Impacto en la Movilidad que no hayan sido manifestadas ante la Secretaría de Movilidad y Transporte (SEMOT).

Lo anterior fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) en donde se establece una actualización del Reglamento a la Ley de Movilidad y Transporte, y señala que a la personas física o moral que no entere a la SEMOT de una obra que pueda generar afectación a la vialidad deberá pagar multa que va de una a mil 500 unidades de medida de actualización (UMA).

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Además de la multa, la actualización del Reglamento también establece que se puede proceder a la suspensión de la obra o proyecto; así como a la clausura parcial o total de la obra o proyecto.

El objetivo es tener una evaluación y dictamen previo a la ejecución de obra, sobre las posibles influencias o alteraciones generadas por la realización de obras y actividades privadas dentro del territorio del Estado de Hidalgo.

En el Reglamento, también se establece que la autoridad podrá́ sujetar la realización de una obra o actividad a la modificación del proyecto o al establecimiento de medidas adicionales de prevención y mitigación que tengan por objeto evitar, atenuar o compensar los impactos adversos en la movilidad, producidos en la construcción, operación normal, etapa de abandono, término de vida útil del proyecto.

Asimismo, se prevé la creación de la Unidad Administrativa de Inspectores de Impacto en la Movilidad, a través de la cual ejercerán directa y permanentemente la vigilancia de las posibles influencias o alteraciones generadas por la realización de obras y actividades privadas dentro del territorio del Estado de Hidalgo.

Los supervisores tendrán facultades y atribuciones que les permitan las funciones específicas de inspección, vigilancia y las sanciones determinadas relativas al Estudio de Impacto en la Movilidad.

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