Para liquidar el acuerdo ante un prestamista, mediante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), se puede solicitar que las aportaciones patronales del empleador se destinen al pago del capital de la hipoteca bancaria; el programa en cuestión se denomina ‘Apoyo Infonavit’.
Mediante él, en caso de desempleo, el patrimonio está protegido porque se puede usar el importe de la Subcuenta de Vivienda como garantía de los pagos; se va a comprar o construir un inmueble y si se decide contratar un crédito con un banco, o ya se cuenta con un crédito hipotecario vigente con otra institución financiera, se aprovecha los beneficios que ofrece el instituto de vivienda.
Estos, consisten en las aportaciones patronales que lleguen después de que se obtenga el crédito destinado al pago de capital, con lo que se reduce el plazo del financiamiento y los intereses y en caso de desempleo; el importe que se tiene en la Subcuenta de Vivienda se usa para pagar las mensualidades, hasta que se agoten los recursos o se vuelva a contratar de manera formal.
Para tal beneficio no se necesita cumplir con ninguna puntuación y para solicitarlo se debe tener una relación laboral vigente y cotizar en el Infonavit; contar con saldo en tu Subcuenta de Vivienda; no tener un crédito activo con el Instituto; obtener el Certificado de apoyo desde la cuenta y haber tramitado en apoyo en el banco con el que se contratará el crédito.
Además, firmar la Carta de Instrucción Irrevocable, donde se autoriza al Instituto aplicar el Saldo de la Subcuenta de Vivienda como garantía de pago de las mensualidades en caso de pérdida de empleo, así como la aplicación de las aportaciones patronales al capital del crédito.