A más tardar, sentencias para el 14 de diciembre

Primera instancia es la “coladera” y a la segunda instancia llegan menos, afirmó la magistrada Mónica Mixtega

Verónica Angeles

  · martes 10 de noviembre de 2020

Magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), Mónica Patricia Mixtega Trejo. / Cortesía | TEEH

Para modificar algún sentido de los resultados del proceso electoral de ayuntamientos, los órganos electorales tienen de plazo hasta un día antes de la toma de protesta de las nuevas administraciones municipales, misma que se prevé sea el 15 de diciembre, así lo informó la magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), Mónica Patricia Mixtega Trejo.

En entrevista, indicó que lo óptimo es que sean dos días antes de la toma de protesta, ya que “una vez que se rinde protesta, ya son actos consumados irreparables, no podríamos revocar, ya son los electos, son los que tomaron protesta y son los que van a ejercer el cargo”, expuso.

Sin embargo, precisó que la intención del Tribunal, es culminar el estudio de los asuntos en dos semanas más, para que la Sala Toluca tenga oportunidad de revisar en los que suban a su jurisdicción, y de ahí dejar otro espacio para que Sala Superior pueda conocer de los que puedan llegar.

Mixtega Trejo explicó que la primera instancia siempre actúa como “coladera”, ya que en la segunda instancia (Sala Regional Toluca), disminuye en promedio un 30 por ciento de asuntos, y a Sala Superior, ya sólo llegan entre 10 y 20 por ciento del total.

“Muchos asuntos son impugnados, pero no tienen las probanzas para arribar a la pretensión de los actores, ya cuando conocen la resolución, los argumentos y el alcance que tuvieron sus probanzas, pues muchas veces ya no los llevan a Sala Toluca, porque saben que no van a tener los argumentos, en caso que consideren que no fuimos exhaustivos, que no consideramos algunas probanzas, que pudieran ingresar pruebas supervinientes no valoradas y no admitidas ya con esos argumentos pueden recurrir”, agregó.

Al tiempo, reiteró que los órganos jurisdiccionales todavía un día antes del 15 de diciembre, pueden sesionar y modificar algún sentido.

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