/ jueves 16 de mayo de 2024

Desechan impugnación contra registro de candidatura en Santiago de Anaya

El Tribunal Electoral local determinó que carece de interés jurídico porque los promoventes no se registraron en el proceso interno del partido Morena

El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) desechó impugnación contra el registro de candidatura por el partido Morena a la presidencia y regidurías en Santiago de Anaya, promovida por Denisse Guadalupe Hernández Torres y Eloy Larrieta Cruz.

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De acuerdo con la ponencia los actores impugnaron el acuerdo 75 /2024 emitido el pasado 21 de abril por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), respecto al registro otorgado a diversas personas a la presidencia y regidurías en aquel municipio.

Los promoventes consideraron que el registro aprobado vulnera diversas disposiciones del Código Electoral del Estado de Hidalgo y de los estatutos de dicho partido político.

Tras el estudio realizado las magistradas Rosa Amparo Martínez, Lilibeth García y el magistrado presidente, Leodegario Hernández resolvieron su improcedencia, debido a que los accionantes carecen de interés jurídico para impugnar los actos reclamados.

Además, se advierte que los promoventes no acreditaron su participación en el proceso de selección interna de candidatos del partido Morena, por lo que carece de interés jurídico para recurrir ante este tribunal a reclamar el acuerdo.


El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) desechó impugnación contra el registro de candidatura por el partido Morena a la presidencia y regidurías en Santiago de Anaya, promovida por Denisse Guadalupe Hernández Torres y Eloy Larrieta Cruz.

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De acuerdo con la ponencia los actores impugnaron el acuerdo 75 /2024 emitido el pasado 21 de abril por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), respecto al registro otorgado a diversas personas a la presidencia y regidurías en aquel municipio.

Los promoventes consideraron que el registro aprobado vulnera diversas disposiciones del Código Electoral del Estado de Hidalgo y de los estatutos de dicho partido político.

Tras el estudio realizado las magistradas Rosa Amparo Martínez, Lilibeth García y el magistrado presidente, Leodegario Hernández resolvieron su improcedencia, debido a que los accionantes carecen de interés jurídico para impugnar los actos reclamados.

Además, se advierte que los promoventes no acreditaron su participación en el proceso de selección interna de candidatos del partido Morena, por lo que carece de interés jurídico para recurrir ante este tribunal a reclamar el acuerdo.


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