/ jueves 29 de agosto de 2024

El Testamento y El Notario

El testamento es un acto jurídico, personalísimo, revocable y libre, por el cual, una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte. Es un documento que constituye un medio seguro y eficaz que permite a una persona a quien la ley le denomina “testador” y por el cual, deja establecida su voluntad respecto de la transmisión, después de su muerte, respecto de sus bienes y derechos. Esta disposición, el testamento contiene la expresa voluntad del testador y es solo él quien por medio de ese instrumento legal, éste decide el destino de su patrimonio.

El patrimonio de una persona es el resultado del trabajo de mucho tiempo, de esfuerzo, de sacrificios, de la tenacidad y perseverancia, o bien por la conservación de los bienes recibidos por herencia de los antepasados.

Otorgar testamento garantiza que los bienes de una persona se transmitan después de su muerte en forma ordenada en favor de quien el testador haya decidido. En el testamento el otorgante designa a sus herederos y señala las partes proporcionales de la herencia que habrán de recibir. El testador igualmente pude instituir legados específicos y a título particular en favor de alguna persona determinada, es decir, señalar que cosa o bien le es asignada por legado a cierto legatario. Quién vigila y se encarga de hacer cumplir la voluntad del testador es el albacea que igualmente se designa en el testamento.

El testamento contiene la voluntad del testador, asegurando jurídicamente que se realice una transmisión ágil y eficaz del patrimonio del testador a los herederos designados, cuando ocurra la muerte de aquél; evita conflictos y discusiones sin sentido, pues la Ley dispone que debe respetarse la voluntad del testador expresada en el testamento. Cuando una persona fallece sin haber dictado una disposición testamentaria, los bienes que conforman el patrimonio solo se pueden transmitir por adjudicación judicial, por sentencia dictada en juicio sucesorio intestamentario y en favor de las personas que hayan sido reconocidos por el juez como legítimos herederos.

Todos conocemos situaciones y conflictos por una sucesión sin testamento. Un intestado representa conflicto, gastos, la ocupación de los órganos jurisdiccionales y lo más lamentable la desintegración familiar.

Debemos olvidar la idea de que por hacer testamento está próxima la muerte del otorgante, debemos más bien pensar en que es una sencilla medida de previsión para que se cumpla fielmente nuestra voluntad al morir y para no provocar mayores problemas y gastos a nuestras familias.

Con la finalidad de seguir fomentando entre la ciudadanía, la cultura de prevención de conflictos a través del otorgamiento de testamento, el Gobierno del Estado de Hidalgo y el notariado hidalguense, han acordado mantener el programa MES DEL TESTAMENTO durante los MESES DE SEPTIEMBRE Y OCTUBRE de 2024. la elaboración de testamentos (sin legados) tendrá el mismo honorario que el año pasado con un costo de $2,500.00 para público en general y un costo especial de $950.00 para adultos de 65 años o mayores. Le invitamos a consultar con su notario más próximo. El notariado es confianza.

El testamento es un acto jurídico, personalísimo, revocable y libre, por el cual, una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte. Es un documento que constituye un medio seguro y eficaz que permite a una persona a quien la ley le denomina “testador” y por el cual, deja establecida su voluntad respecto de la transmisión, después de su muerte, respecto de sus bienes y derechos. Esta disposición, el testamento contiene la expresa voluntad del testador y es solo él quien por medio de ese instrumento legal, éste decide el destino de su patrimonio.

El patrimonio de una persona es el resultado del trabajo de mucho tiempo, de esfuerzo, de sacrificios, de la tenacidad y perseverancia, o bien por la conservación de los bienes recibidos por herencia de los antepasados.

Otorgar testamento garantiza que los bienes de una persona se transmitan después de su muerte en forma ordenada en favor de quien el testador haya decidido. En el testamento el otorgante designa a sus herederos y señala las partes proporcionales de la herencia que habrán de recibir. El testador igualmente pude instituir legados específicos y a título particular en favor de alguna persona determinada, es decir, señalar que cosa o bien le es asignada por legado a cierto legatario. Quién vigila y se encarga de hacer cumplir la voluntad del testador es el albacea que igualmente se designa en el testamento.

El testamento contiene la voluntad del testador, asegurando jurídicamente que se realice una transmisión ágil y eficaz del patrimonio del testador a los herederos designados, cuando ocurra la muerte de aquél; evita conflictos y discusiones sin sentido, pues la Ley dispone que debe respetarse la voluntad del testador expresada en el testamento. Cuando una persona fallece sin haber dictado una disposición testamentaria, los bienes que conforman el patrimonio solo se pueden transmitir por adjudicación judicial, por sentencia dictada en juicio sucesorio intestamentario y en favor de las personas que hayan sido reconocidos por el juez como legítimos herederos.

Todos conocemos situaciones y conflictos por una sucesión sin testamento. Un intestado representa conflicto, gastos, la ocupación de los órganos jurisdiccionales y lo más lamentable la desintegración familiar.

Debemos olvidar la idea de que por hacer testamento está próxima la muerte del otorgante, debemos más bien pensar en que es una sencilla medida de previsión para que se cumpla fielmente nuestra voluntad al morir y para no provocar mayores problemas y gastos a nuestras familias.

Con la finalidad de seguir fomentando entre la ciudadanía, la cultura de prevención de conflictos a través del otorgamiento de testamento, el Gobierno del Estado de Hidalgo y el notariado hidalguense, han acordado mantener el programa MES DEL TESTAMENTO durante los MESES DE SEPTIEMBRE Y OCTUBRE de 2024. la elaboración de testamentos (sin legados) tendrá el mismo honorario que el año pasado con un costo de $2,500.00 para público en general y un costo especial de $950.00 para adultos de 65 años o mayores. Le invitamos a consultar con su notario más próximo. El notariado es confianza.