/ jueves 25 de abril de 2024

El notariado en materia electoral

Las Notarias y los Notarios estamos investidos, por delegación del Estado, de fe pública; autorizados para dar forma legal y autenticar los actos jurídicos y hechos o circunstancias con consecuencias jurídicas conforme a las leyes.

De conformidad con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y con el Código Electoral del Estado de Hidalgo, tanto el Instituto Nacional Electoral como el Instituto Estatal Electoral del Estado de Hidalgo, tienen la facultad de solicitar la colaboración de los notarios públicos para el auxilio de sus funciones durante el desarrollo del proceso y de los comicios, en los ámbitos local y federal.

Conforme a las leyes electorales, se concede el derecho de acceso a las casillas, a las notarías y a los notarios que deban dar fe de cualquier acto relacionado con la integración de la mesa directiva, la instalación de la casilla y en general, con el desarrollo de la votación, previa nuestra identificación y precisada la índole de la diligencia a realizar, intervención que en ningún caso podrá invadir la esfera que por Ley corresponda exclusivamente al ámbito de competencia de la autoridad.

Es obligación para notarias y notarios mantener abiertas las oficinas notariales el día de la elección, para atender las solicitudes que formulen las autoridades electorales, los funcionarios de casilla, la ciudadanía, los representantes de partidos políticos y de Candidatos Independientes, en su caso, para dar fe de hechos materiales, de declaraciones respecto de hechos que les consten, propios o de quien solicite la diligencia; o certificar documentos concernientes a la elección, tutelando los derechos humanos y los principios rectores del proceso electoral.

En ese contexto, el Colegio de Notarios publicará, cinco días antes del día de la elección, los nombres de las y los notarios, el Distrito Judicial y lugar de residencia jurisdiccional, los domicilios, teléfonos y correos electrónicos de las oficinas notariales. El notariado ha asumido que los procesos electorales representan un elevado concepto de interés social y cuando de causa colectiva se trata, participa y colabora para satisfacer necesidades inaplazables de seguridad jurídica como lo representa la materia de derecho electoral.

El notariado se actualiza constantemente. El pasado lunes, en las instalaciones del Colegio de Notarios, se celebró la conferencia-taller denominada “El Notario y su Actuación en materia electoral” impartida por el Magistrado Alejandro Avante Juárez, Presidente de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. La próxima semana la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales compartirá en conferencia, aspectos relevantes en la prevención de delitos electorales.

Las notarias y los notarios tenemos la obligación de ejercer la función notarial con probidad, diligencia, eficiencia e imparcialidad. El servicio que ofrece el notariado durante los procesos electorales y la jornada electoral misma, es de la mayor importancia porque contribuye a garantizar el ejercicio del derecho al sufragio y porque posibilita cumplir, entre otros, con los principios de certeza, legalidad, independencia e imparcialidad, como postulados éticos, conforme a los valores y las normas que sustentan al ejercicio democrático.


Las Notarias y los Notarios estamos investidos, por delegación del Estado, de fe pública; autorizados para dar forma legal y autenticar los actos jurídicos y hechos o circunstancias con consecuencias jurídicas conforme a las leyes.

De conformidad con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y con el Código Electoral del Estado de Hidalgo, tanto el Instituto Nacional Electoral como el Instituto Estatal Electoral del Estado de Hidalgo, tienen la facultad de solicitar la colaboración de los notarios públicos para el auxilio de sus funciones durante el desarrollo del proceso y de los comicios, en los ámbitos local y federal.

Conforme a las leyes electorales, se concede el derecho de acceso a las casillas, a las notarías y a los notarios que deban dar fe de cualquier acto relacionado con la integración de la mesa directiva, la instalación de la casilla y en general, con el desarrollo de la votación, previa nuestra identificación y precisada la índole de la diligencia a realizar, intervención que en ningún caso podrá invadir la esfera que por Ley corresponda exclusivamente al ámbito de competencia de la autoridad.

Es obligación para notarias y notarios mantener abiertas las oficinas notariales el día de la elección, para atender las solicitudes que formulen las autoridades electorales, los funcionarios de casilla, la ciudadanía, los representantes de partidos políticos y de Candidatos Independientes, en su caso, para dar fe de hechos materiales, de declaraciones respecto de hechos que les consten, propios o de quien solicite la diligencia; o certificar documentos concernientes a la elección, tutelando los derechos humanos y los principios rectores del proceso electoral.

En ese contexto, el Colegio de Notarios publicará, cinco días antes del día de la elección, los nombres de las y los notarios, el Distrito Judicial y lugar de residencia jurisdiccional, los domicilios, teléfonos y correos electrónicos de las oficinas notariales. El notariado ha asumido que los procesos electorales representan un elevado concepto de interés social y cuando de causa colectiva se trata, participa y colabora para satisfacer necesidades inaplazables de seguridad jurídica como lo representa la materia de derecho electoral.

El notariado se actualiza constantemente. El pasado lunes, en las instalaciones del Colegio de Notarios, se celebró la conferencia-taller denominada “El Notario y su Actuación en materia electoral” impartida por el Magistrado Alejandro Avante Juárez, Presidente de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. La próxima semana la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales compartirá en conferencia, aspectos relevantes en la prevención de delitos electorales.

Las notarias y los notarios tenemos la obligación de ejercer la función notarial con probidad, diligencia, eficiencia e imparcialidad. El servicio que ofrece el notariado durante los procesos electorales y la jornada electoral misma, es de la mayor importancia porque contribuye a garantizar el ejercicio del derecho al sufragio y porque posibilita cumplir, entre otros, con los principios de certeza, legalidad, independencia e imparcialidad, como postulados éticos, conforme a los valores y las normas que sustentan al ejercicio democrático.